SIN INFORMACION

OLIVA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de don JORGE OLIVA RÍOS, de nacionalidad boliviana, domiciliado en Arturo Prat #278, comuna de Antofagasta, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su “Recurso Administrativo de Reconsideración de Proceso Sancionatorio de Expulsión” presentado el 13 de octubre de 2023; entendiendo vulnerados el derecho a la igualdad ante la ley y la tutela judicial efectiva, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N.° 2 y 3 de la Constitución Política de la República, solicitando a esta Corte de Apelaciones acoger la presente acción, y ordenar a la recurrida adoptar las decisiones administrativas correspondientes y notificar el estado y resolución del procedimiento. Evacuó informe la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte recurrente funda su acción indicando que con fecha 13 de octubre de 2023, presentó ante el Servicio Nacional de Migraciones una Reconsideración de Proceso Sancionatorio de Expulsión. Relata que ingresó a Chile en 2013, obteniendo residencia temporal y posteriormente residencia definitiva en el año 2014, habiendo desarrollado en el país su proyecto de vida, con trabajo formal como operador de maquinaria pesada y sólidos vínculos familiares, incluyendo a su pareja doña Alejandra Barba Peña. Asevera que han transcurrido más de 28 meses (aproximadamente 840 días) sin que la PDI ni el Servicio Nacional de Migraciones hayan emitido resolución alguna ni notificación formal que explique el atraso. Sostiene que esta falta de respuesta lo mantiene en una constante incertidumbre sobre su situación migratoria, generándole frustración y vulnerando su dignidad y seguridad jurídica. En cuanto al derecho, alega que la conducta constituye una omisión ilegal y arbitraria que vulnera los plazos establecidos en el artículo 27 de la Ley N.° 19.880 y los principios de celeridad y economía procedimental de los artículos 7 y 9 de dicho cuerpo legal. Estima vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley (artículo 19 N.° 2), alegando un trato discriminatorio frente a otros extranjeros, y su derecho a la tutela judicial efectiva y debido proceso (artículo 19 N.° 3 de la Carta Fundamental).

Fallo

Por lo expuesto, solicita acoger el recurso, ordenando a la recurrida adoptar las decisiones administrativas correspondientes a la omisión denunciada y notificarle el estado y resolución del procedimiento. SEGUNDO: Que, informó don Guillermo Quezada Bruzzone, abogado, en representación de la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción deducida en todas sus partes, argumentando que no existe acto u omisión arbitraria o ilegal por parte de esa autoridad. Señala que mediante Resolución Exenta N.° 103.809 de 2 de septiembre de 2014 se otorgó al recurrente residencia definitiva. Sin embargo, expone que mediante Informe Policial N.° 11214 de 3 de noviembre de 2023, la PDI comunicó que don Jorge Oliva Ríos registraba un ingreso irregular eludiendo el control policial. Precisa que el extranjero fue notificado personalmente el 11 de octubre de 2023 del inicio del procedimiento sancionatorio, otorgándole 10 días hábiles para formular descargos, de conformidad a lo establecido en el artículo 132 bis de la Ley N.° 21.325. Añade que el documento presentado por el actor el 13 de octubre de 2023 corresponde jurídicamente a sus descargos y no a un recurso de reconsideración como erróneamente indica. Finalmente, informa que la situación del recurrente ya fue resuelta mediante la Resolución Exenta N.° 30.084 de fecha 12 de septiembre de 2025, a través de la cual se revocó su permiso de residencia definitiva conforme a los artí

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veintiuno de abril de dos mil veintiséis. VISTOS: La comparecencia de don JORGE OLIVA RÍOS, de nacionalidad boliviana, domiciliado en Arturo Prat #278, comuna de Antofagasta, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su “R

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica