TUPA/MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rol
Fecha
21 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DESESTIMADO
Hechos
VISTOS: Comparece Mercy Tupa Siles, en representación de su hijo THIAGO ANDRES HUANACO TUPA, interponiendo recurso de protección en contra de la CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, por cuanto se encuentra sin colegio, habiendo postulado en el sistema de admisión escolar y figurando en listas de espera para tercero medio, sin tener seguridad de matrícula hasta la fecha. Evacuaron informe la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta y la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región de Antofagasta, al tenor del recurso interpuesto. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente funda su acción exponiendo que su hijo Thiago no cuenta con matrícula para cursar tercero medio correspondiente al año escolar 2026. Indica que, emigró desde Bolivia porque las condiciones en su país de origen han sido difíciles, y que se va a radicar en Chile en busca de mejores oportunidades. Finalmente, solicita que se acoja el recurso y, en su mérito, se ordene otorgar a su hijo una vacante en un liceo para el presente año escolar. SEGUNDO: Que evacúa informe la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, quien solicita el rechazo de la acción de protección. Expone que revisada la situación del adolescente se prevé que su postulación es correcta para tercero medio y en la actualidad hay cupos en Liceos A-12, A-15, A-17 y B-36, por lo que, para obtener matrícula de acuerdo con su lista de espera, puede avanzar la lista al A-12 o puede cambiar su postulación en sistema al resto de los liceos indicados. Indica que no hay garantía constitucional alguna afectada debido a que el recurso es una mera expectativa de un supuesto resultado negativo del sistema anótate en la lista, haciendo hincapié que, no se pueden asignar matriculas a ningún estudiante que no siga el orden del registro según el número correlativo, fecha y hora de asignación de registro al apoderado. Argumenta que la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta no ha ejecutado actos ilegales y arbitrarios ya que carece de injerencia en la toma de decisiones relativas a la asignación de cupos y matrículas, toda vez que la administración del sistema de admisión escolar constituye una facultad privativa de la Secretaría Regional Ministerial de Educación. Agrega que el proceso de postulación no ha concluido, subsistiendo el denominado “período de regulación general” y la herramienta “anótate en la lista” para estudiantes sin asignación. Aduce la inexistencia de vulneración a garantías constitucionales, señalando que el recurso constituye una mera expectativa respecto de un resultado negativo del sistema, sin que exista un derecho conculcado ni garantía constitucional identificada respecto de su representada. Finalmente, solicita que se tenga por evacuado el informe y se rechace la acción interpuesta en su contra. TERCERO: Que evacúa informe la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región de Antofagasta, quien solicita el rechazo íntegro de la acción constitucional deducida. Reitera los antecedentes de hecho relatados por la recurrente, indicando que consta el adolescente fue postulado con fecha 23 de marzo de 2026 para cursar 3° año de enseñanza media. Hace presente que la recurrente solo postuló en el proceso de regularización “Anótate en la Lista”, y que de acuerdo con la información entregada por el Sistema de Admisión Escolar (SAE), a Thiago huanaco le fue asignada matricula en el Liceo Científico Humanista La Chimba, informada a la recurrente el 25 de marzo de 2026, sin que conste en los regis
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE DESESTIMA, por falta de oportunidad, y sin costas, el recurso de protección deducido por Mercy Tupa Siles, en representación de su hijo Thiago Andrés Huanaco Tupa, en contra del Ministerio de Educación y de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 686-2026 (Protección) 2
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, veintiuno de abril de dos mil veintiséis. VISTOS: Comparece Mercy Tupa Siles, en representación de su hijo THIAGO ANDRES HUANACO TUPA, interponiendo recurso de protección en contra de la CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, por cuanto se encuentra sin colegio, habiendo postulado en el sistema de admisión escolar y figurando en listas de espera para
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