SIN INFORMACION

GEYSSEL FUENTES MARIA ELIZABETH/ CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR LOS ANDES

Rol

Fecha

21 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña María Elizabeth Geyssel Fuentes, por si y a través de formulario, y deduce recurso protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por cuanto la institución recurrida ha incurrido en actuaciones ilegales y arbitrarias consistentes en el no pago de los subsidios por incapacidad laboral derivados de una serie de licencias médicas extendidas a favor de don Gerardo Antonio Jara Galaz, su cónyuge fallecido, ello debido al extravío de los documentos entregados en la sucursal para el cumplimiento del trámite. Señala que las referidas licencias fueron debidamente tramitadas y autorizadas, pero la caja ha retenido o dilatado injustificadamente el pago de los montos adeudados, afectando con ello gravemente el patrimonio y las garantías fundamentales consagradas en la Constitución Política de la República, solicitando en definitiva que se acoja el presente recurso y se ordene el pago inmediato de las sumas retenidas. SEGUNDO: Que evacuando informe la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, al tenor del recurso de protección, sin hacerse cargo de lo afirmado por la actora sobre el extravío interno de los documentos entregados para el pago de las licencias de su cónyuge fallecido, indica que, en su calidad de administradora del Régimen de Subsidios por Incapacidad Laboral, recepcionó y tramitó ante la COMPIN Regional Metropolitana las licencias médicas del beneficiario por el período discontinuo comprendido entre el 17 de enero de 2019 y el 29 de diciembre de 2022 y que habiéndose autorizado dichos reposos, procedió a generar los subsidios respectivos. Agrega que las licencias médicas hasta el 19 de noviembre de 2021 fueron íntegramente pagadas mediante transferencia bancaria. Respecto del período que va desde el 20 de noviembre de 2021 hasta el 29 de diciembre de 2022, sostiene que los pagos fueron emitidos en cheques, los cuales se encontraban a disposición para ser

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por doña María Elizabeth Geyssel Fuentes, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes. Regístrese, comuníquese y, oportunamente, archívese. N°Protección-23615-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Fernando Antonio Valderrama Martínez, el Ministro (S) señor Rodrigo Alejandro Carrasco Meza y el Abogado Integrante señor Luis Hernández Olmedo. En Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña María Elizabeth Geyssel Fuentes, por si y a través de formulario, y deduce recurso protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por cuanto la institución recurrida ha incurrido en actuaciones ilegales y arbitrarias consistentes en el

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