ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de abril de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1°) Que en estos autos se dedujo el pasado uno de abril recurso de apelación directa en contra de la resolución dictada el veintiséis de marzo de los corrientes, por la que se rechazó decretar alimentos provisorios. 2°) Que el inciso 6º del artículo 4º de la Ley 14.908 dispone que la impugnación de una resolución que se pronuncia sobre los alimentos provisorios solo es susceptible de reposición con apelación en subsidio. 3°) Que, por su parte, el artículo 67 Nº2 de la Ley Nº19.968 dispone que la solicitud de reposición debe presentarse dentro de tercero día de notificada la...
Texto Completo (Preview)
CH (adb) San Miguel, veintiuno de abril de dos mil veintiséis. Al folio 4: a sus antecedentes y por cumplido lo ordenado. Vistos: 1°) Que en estos autos se dedujo el pasado uno de abril recurso de apelación directa en contra de la resolución dictada el veintiséis de marzo de los corrientes, por la que se rechazó decretar alimentos provisorios. 2°) Que el inciso 6º del artículo 4º de la Ley 14.908
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