SIN INFORMACION

EDDER GUILLERMO CÁCERES PEREZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don EDDER GUILLERMO CÁCERES PEREZ, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de reclamación judicial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, a fin de que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 32885 de fecha 14 de octubre de 2025, notificada el 16 de marzo de 2026, mediante la cual se decreta su expulsión del territorio nacional. Expone el recurrente que ingresó a Chile buscando mejores oportunidades de vida, reconociendo haberlo hecho por un paso no habilitado. Sin embargo, señala que se presentó voluntariamente ante la Policía de Investigaciones para regularizar su situación. Argumenta fundamentalmente que la medida expulsiva resulta desproporcionada y vulneratoria de sus garantías fundamentales, toda vez que no se ponderó adecuadamente su arraigo en el país, el cual se encuentra consolidado a través de un vínculo matrimonial válidamente contraído con una ciudadana chilena. Solicita, en definitiva, que se acoja el recurso y se revoque la orden de expulsión, permitiéndole continuar con su proyecto de vida familiar en el país. SEGUNDO: Que, informando al tenor del recurso y evacuando el traslado conferido, el abogado don Juan De Dios Cardemil Palacios, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicita el rechazo de la acción intentada en todas sus partes. Expone que, mediante Informe Policial N° 250 de fecha 21 de marzo de 2024, emitido por la Policía de Investigaciones de Talca, se constató que el reclamante ingresó al territorio nacional por un paso no habilitado, eludiendo el control migratorio. A raíz de ello, se inició un procedimiento sancionatorio, otorgándole el plazo legal para formular descargos. Señala que la autoridad administrativa dictó la Resolución Exenta N° 32885 ponderando los antecedentes disponibles, concluyendo que la gravedad de la infracción migratoria (ar

Fallo

Por estas consideraciones, de conformidad con lo prevenido en los artículos 129 y 141 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería; y disposiciones constitucionales citadas, SE ACOGE, en todas sus partes, el recurso de reclamación judicial interpuesto por don Edder Guillermo Cáceres Perez en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, SE DEJA SIN EFECTO la Resolución Exenta N°32885 de 14 de octubre de 2025, que decretaba su expulsión del territorio nacional, debiendo la autoridad recurrida reanudar el procedimiento administrativo y adoptar las medidas conducentes a la regularización migratoria del recurrente en atención a su vínculo familiar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol Contencioso Administrativo N°48-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca/cbp Talca, veintiuno de abril de dos mil veintiséis VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don EDDER GUILLERMO CÁCERES PEREZ, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de reclamación judicial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, a fin de que se deje sin efe

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