JUZGADO DE FAMILIA COLINA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

20 de abril de 2026

Materia

CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, DECLARACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, el hecho que se encuentra emplazado el padre de la niña de autos, que se encuentra nombrado curador ad litem y, teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución treinta de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Colina, en autos ROL C-1143-2024, y se decide, en cambio, que dicho tribunal deberá arbitrar todas las medidas necesarias para darle curso progresivo a los antecedentes. Se previene que el ministro señor Mera concurre a la decisión, y en virtud de lo dispuesto en el citado artículo 13 de Ley...

Fallo

se decide, en cambio, que dicho tribunal deberá arbitrar todas las medidas necesarias para darle curso progresivo a los antecedentes. Se previene que el ministro señor Mera concurre a la decisión, y en virtud de lo dispuesto en el citado artículo 13 de Ley...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de abril de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, el hecho que se encuentra emplazado el padre de la niña de autos, que se encuentra nombrado curador ad litem y, teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 19.968, se revoca la resolución treinta de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Fami

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