VELIZ/SERVICIO NACIONAL DE. MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Que a folio 1, se recurrió de protección en favor de Robert José Veliz García, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre el recurso extraordinario de revisión respecto de su solicitud de refugio, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicitó ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Que, se evacuó el informe solicitado y se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre el recurso extraordinario de revisión respecto de su solicitud de refugio, interpuesto con fecha 10 de enero de 2025. Segundo: Que, el Servicio recurrido informa que la solicitud de recurso administrativo interpuesto por el recurrente se encuentra actualmente en tramitación, solicitando el rechazo de la presente acción por considerar que no se vulneran garantías constituciones al mantenerse suspendidos los efectos del acto recurrido en virtud de lo dispuesto en el artículo 140 de la ley 21.325. Tercero: Que, de los antecedentes y de lo informado por el Servicio se advierte que con fecha 13 de enero de 2025 se ha presentado recurso administrativo por el recurrente. Cuarto: Que, de lo expuesto en el considerando anterior se concluye que existe una dilación excesiva en la tramitación de la solicitud de la actora, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido el artículos 7° de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación del recurso administrativo interpuesto, en relación con otros interesados quienes han obtenido respuesta oportuna, razones por las cuales se acogerá la presente acción.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Robert José Veliz García, en contra el Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto la recurrida deberá, dentro del plazo de sesenta días, concluir la tramitación del recurso administrativo y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-5835-2025. En Valparaíso, veintiuno de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de abril de dos mil veintiséis. Vistos: Que a folio 1, se recurrió de protección en favor de Robert José Veliz García, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre el recurso extraordinario de revisión respecto de su solicitud de refugio, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicitó o
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