CAICEDO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Rol
Fecha
20 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Matías Ignacio Lagno Medina, estudiante de Derecho, por doña Yaneth Yolima Caicedo Ipia, de nacionalidad colombiana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Tesorería General de la República, por el desconocimiento de pago de multa migratoria que realizó el 30 de enero de 2026 ante la Tesorería General de la República, lo cual la privaría de la posibilidad de regularizar su situación migratoria. Previas citas de derecho solicita acoger la acción deducida y, en definitiva, dejar sin efecto el desconocimiento del pago de la multa migratoria, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones permitir a la recurrente realizar un nuevo cálculo de multa migratoria, imputando el monto ya pagado como abono al total que corresponda, se le otorgue una solución concreta, eficaz y definitiva que le permita regularizar su situación migratoria. SEGUNDO: Que, evacuó informe el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso. Señala que la recurrente efectivamente solicitó de permiso residencia temporal y por resolución exenta número 23342991 del Servicio Nacional de Migraciones, de 7 de septiembre de 2023 se le rechazó por presentar antecedentes negativos en su país de origen, y conforme a ello, en la posterior resolución, código de trámite N° 66490294, de 23 de septiembre de 2025, se le informa a la recurrente, que no se admite a trámite la solicitud de residencia temporal pues debe dar cumplimiento a la orden de abandono del territorio nacional que mantiene vigente. Que, respecto del pago de la multa migratoria, señala que este se encuentra confirmado en sistema informático, y que el cumplimiento de una sanción pecuniaria por infringir nuestra normativa migratoria vigente no influye en la existencia y vigencia de la Orden de Abandono del territorio nacional que se resolvió el 7 de septiembre de 2023 por resolución exenta número 23342991 del Servicio Nacional de Migraciones. TERCERO: Que, evacuó informe la Tesorería General de la República, solicitando el rechazo del recurso. Indica que, en definitiva, dicho organismo es esencialmente recaudador y respecto de la habilitación de botones de pago, eso es algo externo que depende del Servicio Nacional de Extranjería, y no de Tesorería, quien solo facilita el sistema de portal de pagos. CUARTO: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, jurídicamente constituye una acción de naturaleza cautelar, que tiene por objeto amparar a personas naturales o jurídicas en el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que se enumeran en la misma disposición, y que por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufran privación, perturbación o amenaza de tales garantías, pretendiendo que mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar frente a un acto de tal naturaleza, se restablezca el imperio del
Fallo
por tanto, no determina necesariamente el origen ni las condiciones de la obligación de pago, y que no ha desconocido el pago realizado por la recurrente, igualmente se rechaza el recurso impetrado a su respecto. Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por Yaneth Yolima Caicedo Ipia, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Tesorería General de la República. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°336-2026 (Protección). –
Texto Completo (Preview)
Caicedo Ipia, Yaneth Yolima Servicio Nacional de Migraciones y otro Recurso de protección Rol N°336-2026 La Serena, veinte de abril de dos mil veintiséis VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Matías Ignacio Lagno Medina, estudiante de Derecho, por doña Yaneth Yolima Caicedo Ipia, de nacionalidad colombiana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migracion
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