MUNICIPALIDAD DE PUYEHUE/SUPERINTEDENCIA DE EDUCACION
Rol
Fecha
20 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el señor Víctor Manuel Almendras San Martín, abogado, en representación de la Ilustre Municipalidad de Puyehue, deduce recurso de reclamación judicial conforme al artículo 85 de la Ley N° 20.529, en contra de la Resolución Exenta N° 2301, de 16 de septiembre de 2025, dictada por la Superintendencia de Educación, que rechazó la reclamación administrativa interpuesta en contra de la Resolución Exenta N° 2024/PA/10/633, la cual aprobó proceso administrativo sancionador por infracción a la normativa educacional, imponiendo la sanción de privación del 10% de la subvención educacional por seis meses. Señala que el procedimiento administrativo tuvo su origen en el Acta de Fiscalización de 7 de septiembre de 2023, que inició una investigación en contra del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) de Puyehue, requiriéndose la entrega de antecedentes para justificar saldos observados en la administración de recursos públicos. Que, ante la falta de remisión íntegra de la información solicitada, la Superintendencia formuló cargos por incumplimiento de la obligación de informar, los cuales fueron desestimados en los descargos hechos por el sostenedor, quien alegó que las inconsistencias correspondían a arrastres contables originados en ejercicios anteriores, particularmente desde el año 2015, y no a la gestión vigente, encontrándose en proceso de regularización. No obstante, la autoridad sancionadora confirmó la infracción y aplicó la sanción, decisión que fue posteriormente mantenida mediante la resolución ahora reclamada. El reclamante sostiene, en lo sustancial, que la sanción impuesta se funda en una incorrecta comprensión de los hechos, por cuanto los saldos observados derivan de errores históricos de imputación contable, sin que exista uso indebido de recursos públicos, lo que se encontraría acreditado mediante documentación bancaria y contable acompañada durante el procedimiento. Agrega que la autoridad incur
Fundamentos
fundamentos de derecho, la recurrente alega, en primer término, la caducidad del procedimiento administrativo sancionador, por haberse excedido el plazo máximo de dos años previsto en el artículo 86 de la Ley N° 20.529, contado desde el inicio del proceso en septiembre de 2023 hasta su conclusión efectiva en octubre de 2025, una vez agotadas las instancias recursivas. Sostiene que dicho plazo constituye una limitación perentoria al ejercicio de la potestad sancionadora, cuya infracción produce la extinción de dicha potestad, en virtud de los principios de legalidad, celeridad y seguridad jurídica, consagrados tanto en la normativa administrativa como en la Constitución. En segundo término, denuncia una errónea valoración de la prueba, por cuanto la Superintendencia habría omitido ponderar debidamente la documentación acompañada, en especial, cartolas bancarias, que dan cuenta de la trazabilidad y destino de los recursos, limitándose a reiterar observaciones sin efectuar un análisis sustantivo de los antecedentes, vulnerando el deber de motivación y racionalidad de los actos administrativos. Asimismo, invoca la infracción al principio de proporcionalidad, señalando que la sanción aplicada resulta excesiva en relación con la naturaleza de la infracción, atendido que: (i) los hechos tienen origen en administraciones anteriores; (ii) no existe beneficio económico indebido; (iii) las deficiencias han sido objeto de corrección; y (iv) la medida afecta gravemente la continuidad del servicio educativo, comprometiendo recursos esenciales para su funcionamiento. Agrega que la Administración desconoce la función correctiva del derecho administrativo sancionador, toda vez que la actual gestión ha implementado un plan de regularización integral, con avances concretos en la rendición de cuentas, incluyendo la presentación sin observaciones del proceso correspondiente al año 2024. Finalmente, invoca el principio del interés superior del niño, argumentando que la sanción impuesta afecta directamente el financiamiento del sistema educativo municipal, comprometiendo la continuidad y calidad del servicio, en perjuicio de los estudiantes, quienes resultan ajenos a los hechos investigados. Pide se deje sin efecto la sanción impugnada por ser improcedente y desproporcionada, absolviendo a su representada, o en subsidio, se rebaje la sanción al mínimo o se sustituya por una amonestación, con costas. Segundo: Que la señora Lorena Vásquez Vidal, abogada, en representación de la Superintendencia de Educación, informa en el marco del recurso de reclamación judicial interpuesto por la Ilustre Municipalidad de Puyehue en contra de la Resolución Exenta N° 002301, de 16 de septiembre de 2025, solicitando su rechazo, con costas, por estimar que el acto administrativo impugnado se ajusta plenamente a derecho. La recurrida expuso que el procedimiento administrativo se inició con el Acta de Fiscalización de 7 de septiembre de 2023, en el marco del proceso de “Acreditación d
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 6° y 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, Ley N° 20.529 y Ley N° 19.880, se rechaza la reclamación de la Ilustre Municipalidad de Puyehue en contra de la Resolución Exenta N° 002301, de 16 de septiembre de 2025, dictada por la Superintendencia de Educación, sin costas. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redacción a cargo del ministro titular señor Juan Ignacio Correa Rosado. N° Contencioso Administrativo-40-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veinte de abril de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: Primero: Que el señor Víctor Manuel Almendras San Martín, abogado, en representación de la Ilustre Municipalidad de Puyehue, deduce recurso de reclamación judicial conforme al artículo 85 de la Ley N° 20.529, en contra de la Resolución Exenta N° 2301, de 16 de septiembre de 2025, dictada por la Superinten
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica