JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MIN. PUBLICO ARICA C/ ALEXIS LEANDRO BARRERA MEDINA

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Con el mérito de lo expuesto por las partes, especialmente

Fundamentos

considerando la diversidad de los delitos imputados y como el hecho que el encantado habría cometido los mismos cumpliendo la pena sustitutiva de libertad vigilada, en la especie, concurren los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, máxime considerando que se dio cuenta en la audiencia de los gráficos en que aparece el imputado con las especies sustraídas en su poder, SE CONFIRMA la resolución apelada que decretó la prisión preventiva del imputado, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 260-2026 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Fallo

Se declara admisible el recurso de apelación elevado al conocimiento de este Tribunal de Alzada en folio 1. Previa deliberación se ha resuelto lo siguiente: VISTO: Con el mérito de lo expuesto por las partes, especialmente considerando la diversidad de los delitos imputados y como el hecho que el encantado habría cometido los mismos cumpliendo la pena sustitutiva de libertad vigilada, en la especie, concurren los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, máxime considerando que se dio cuenta en la audiencia de los gráficos en que aparece el imputado con las especies sustraídas en su poder, SE CONFIRMA la resolución apelada que decretó la prisión preventiva del imputado, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 260-2026 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. Arica, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. Sala: Segunda Rol: 260-2026 Penal Ruc: 2600531993-4 RIT: 2382-2026 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor José Delgado Ahumada, ministra señora Nora Bahamondes Acevedo y fiscal judicial señor Juan Manuel Escobar Salas Relator (a): Jaqueline Cofré García Digitador (a): Adrián Sánch

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