JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

IGNACIO MANUEL ZUNIGA VUKUSICH C/ NN

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA LA COMISIÓN DE SIMPLES DEL ART. 293

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer de los recursos de apelación deducidos por las defensas de los imputados Elvis Jonnathan González Almonacid, Sadrach Mesach González Almonacid, Leonardo Esteban González Cuevas y Felipe Esteban González Almonacid en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en contra de ellos.  2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye a los imputados respecto de todos los delitos referidos en su contra. Lo anterior se configura en base a las múltiples escuchas telefónicas que constan en la carpeta investigativa, así como el resultado de los operativos de entrada y registro, los hallazgos físicos de las especies y el reconocimiento de las víctimas, como además informe policial y del Servicio de Impuestos Internos que dan cuenta de un análisis económico de dineros de las empresas e imputados de autos y corroboración de múltiples transferencias de dineros hacia terceras personas. En el caso específico del imputado Elvis Jonnathan González Almonacid, se agrega el hecho de existir vigilancias discretas que corrobora su participación en las dinámicas atribuidas a los otros imputados.  Dichos antecedentes permiten establecer, en este estadio procesal, la asignación de roles, coordinación y participación de los cuatro imputados en los hechos que se les imputan por parte del ente persecutor y que permiten fundar adecuadamente la acreditación de los requisitos de existencia y participación requeridos por el artículo 140 citado precede

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha diez de abril del año dos mil veintiséis, dictada por el Juez del Juzgado Garantía de Puerto Montt, don Rolando Díaz Coloma respecto de los imputados Elvis Jonnathan González Almonacid, Sadrach Mesach González Almonacid, Leonardo Esteban González Cuevas y Felipe Esteban González Almonacid, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva dictada en contra de ellos. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 453-2026.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecisiete de abril de dos mil veintiséis Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer de los recursos de apelación deducidos por las defensas de los imputados Elvis Jonnathan González Almonacid, Sadrach Mesach González Almonacid, Leonardo Esteban González Cuevas y Felipe Esteban González Almonacid en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Montt que d

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