RIVAS/EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS RURALES SOL DEL PACÍFICO S.A.
Rol
Fecha
23 de abril de 2026
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: 1°) Que, consta de los antecedentes que el 9 de julio de 2025, a folio 25, se recibió la causa a prueba, la que se notificó a la demandante, el 1 de agosto de 2025, a folio 30, y a la demandada mediante cédula el 12 de agosto del mismo año, a folio 32. 2°) Que, la parte demandante efectuó presentaciones con fecha 21, 29 y 30, todas del mes de julio 2025, a folios 26, 28 y 29, acompañando prueba documental con el objeto de acreditar sus alegaciones, siendo proveída dichas solicitudes con fecha 1° de agosto de 2025, a folios 30 y 31, respectivamente. 3°) Que, la demandante, solicitó el 17 de febrero de 2026 que se certificara si el termino probatorio se encontraba vencido a la fecha, a lo cual el tribunal resolvió, a folio 35 “no ha lugar a la certificación solicitada por improcedente”. 4°) Que, para resolver se debe tener en consideración lo dispuesto en el inciso primero del artículo 432 del Código de Procedimiento Civil, que dispone “Vencido el plazo a que se refiere el artículo 430, se hayan o no presentado escritos y existan o no diligencias pendientes, el tribunal citará para oír sentencia…”. 5°) Que, de conformidad a la norma citada precedentemente, y teniendo en consideración que al momento de efectuar la solicitud de certificación de término probatorio vencido, el 17 de febrero de 2026, dicho término ya se encontraba vencido, radicándose el impulso procesal en el tribunal, de conformidad a lo establecido en el artículo transcrito en el numeral precedente, de lo que se desprende que no se reúnen en la especie los requisitos exigido por el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 152, 186 y 432 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de trece de marzo de dos mil veintiséis, a folio 5 del cuaderno del incidente de abandono del procedimiento, Rit C-471-2025, del Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, y en consecuencia se rechaza el incidente de aba
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 152, 186 y 432 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de trece de marzo de dos mil veintiséis, a folio 5 del cuaderno del incidente de abandono del procedimiento, Rit C-471-2025, del Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, y en consecuencia se rechaza el incidente de abandono del procedimiento promovido, debiendo el tribunal proseguir con la tramitación del juicio. Devuélvase. N° Civil-1095-2026
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, a veintitrés de abril de dos mil veintiséis. Visto: 1°) Que, consta de los antecedentes que el 9 de julio de 2025, a folio 25, se recibió la causa a prueba, la que se notificó a la demandante, el 1 de agosto de 2025, a folio 30, y a la demandada mediante cédula el 12 de agosto del mismo año, a folio 32. 2°) Que, la parte demandante efectuó presentaciones co
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica