2DO JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ANTOFAGASTA

BRAVO/SOLAR (FALSO RECURSO DE HECHO ROL: 32-2026)

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

APELACIÓN INCIDENTE

Resultado

CONFIRMADA CON COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Que, las argumentaciones desarrolladas por el responsable civil del accidente cuya ocurrencia fue bien constatada en autos no pueden ser oídas, tanto porque su rebeldía importó incurrir en una inactividad probatoria que diera sustento a las pretensiones que ahora formula, cuanto porque los exiguos elementos que incorpora en su recurso de apelación no permiten desvirtuar la presunción de responsabilidad que prevé el artículo 167 de la Ley de tránsito. En lo demás, la sentencia explica razonadamente las circunstancias y antecedentes tenidos a la vista para imponer la condena cuya cuantía cuestiona quien recurre. Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Ley 18.287, SE CONFIRMA con costas, la sentencia apelada de fecha tres de diciembre de dos mil veinticinco, dictada en causa Rol E-8311-2025 del Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta. Se regulan en dos (2) ingresos mínimos mensuales, incrementados las costas personales causadas en la presente instancia. Regístrese y comuníquese. Rol 25-2026 (Policía Local)

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Ley 18.287, SE CONFIRMA con costas, la sentencia apelada de fecha tres de diciembre de dos mil veinticinco, dictada en causa Rol E-8311-2025 del Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta. Se regulan en dos (2) ingresos mínimos mensuales, incrementados las costas personales causadas en la presente instancia. Regístrese y comuníquese. Rol 25-2026 (Policía Local)

Texto Completo (Preview)

/xsa Antofagasta, a diecisiete de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Que, las argumentaciones desarrolladas por el responsable civil del accidente cuya ocurrencia fue bien constatada en autos no pueden ser oídas, tanto porque su rebeldía importó incurrir en una inactividad probatoria que diera sustento a las pretensiones que ahora formula, cuanto porque los exiguos elementos q

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica