ORMEÑO/ISAPRE VIDA TRES S.A.
Rol
Fecha
17 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 12 de diciembre de 2025 comparece don Claudio David Ormeño Vásquez, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Vida Tres S.A., por el acto que califica de ilegal y arbitrario consistente en la desafiliación unilateral de su contrato de salud y el bloqueo de sus beneficios, fundado —según expone— en una supuesta deuda que se encontraría en disputa, por corresponder a una hospitalización por COVID-19 calificada por la Mutualidad como enfermedad profesional, además de cotizaciones pendientes. Expone que se encuentra afiliado a la Isapre desde el año 2010; que el año 2020 fue hospitalizado de urgencia por un cuadro grave de COVID-19, atención que se ingresó bajo la Ley Nro. 19.650; y que posteriormente la Mutualidad calificó dicha patología como enfermedad profesional, por lo que la cobertura financiera de esa hospitalización correspondería al seguro de la Ley Nro. 16.744 y no a su plan de salud previsional. Añade que, no obstante ello, la Isapre ha insistido en cobrarle dicha prestación y que recientemente se le informó que se encontraba bloqueado por mora y desafiliado desde el 1 de diciembre de 2025. Señala, además, que jamás recibió carta certificada ni notificación legal que le comunicara el término del contrato o le otorgara plazo para regularizar supuestas deudas, sino únicamente correos electrónicos de cobranza. Sobre esa base, sostiene que la desafiliación es ilegal por falta de notificación previa y arbitraria por fundarse en una deuda improcedente, afectando las garantías consagradas en el artículo 19 Nros. 1, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Solicita, en definitiva, dejar sin efecto la desafiliación, restablecer la vigencia de su contrato con todos sus beneficios y disponer el desbloqueo inmediato del acceso a bonos y prestaciones. Segundo: Que, evacuando el informe solicitado, Isapre Vida Tres S.A. solicita el rechazo del recurso. En primer término, sostiene que la presente acció
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección interpuesto por don Claudio David Ormeño Vásquez en contra de Isapre Vida Tres S.A. Regístrese y archívese. N° Protección-26379-2025.
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C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 12 de diciembre de 2025 comparece don Claudio David Ormeño Vásquez, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Vida Tres S.A., por el acto que califica de ilegal y arbitrario consistente en la desafiliación unilateral de su contrato de salud y el bloqueo de sus beneficios
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