CORTES/MINEDUC
Rol
Fecha
17 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que comparece Katherine Cortés Cortés, domiciliada en Los Poetas Nº1150, comuna de Antofagasta, en representación de su hijo, Bastián Cortés Cortés; quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social y la Secretaria Regional Ministerial de Educación de Antofagasta, por la falta de asignación de cupos escolares para el año escolar 2026, solicitando a esta Corte de Apelaciones ordenar que se le asigne un cupo en el nivel Primer año medio. Informan las recurridas instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso señalando que su hijo a la fecha de interposición de su recurso se encuentra sin establecimiento educacional asignado. Expone que la situación descrita tiene su origen en una deficiente e incorrecta información proporcionada por el establecimiento educacional en que anteriormente se encontraba matriculado el menor, desde el cual se le indicó erróneamente que su hijo habría reprobado el año escolar, recomendándole mantenerlo en dicho establecimiento. Señala que, con anterioridad a dicha información, ya había postulado a su hijo a diversos establecimientos educacionales a través del sistema correspondiente, obteniendo aceptación en algunos de ellos; sin embargo, atendida la información entregada por el colegio de origen, procedió a rechazar dichas postulaciones, lo que derivó finalmente en la pérdida de los cupos obtenidos. Agrega que, con posterioridad, se constató que la información proporcionada no era correcta, quedando su hijo en una situación de desprotección educacional, sin matrícula vigente a la fecha. Indica asimismo que en el establecimiento anterior su hijo habría sido objeto de conductas discriminatorias vinculadas a su condición personal, generándose una relación insostenible con la comunidad educativa, lo que se habría traducido en la aplicación reiterada de anotaciones negativas sin fundamento grave. En virtud de lo expuesto, solicita que se adopten las medidas necesarias para garantizar el acceso efectivo de su hijo al sistema educacional, ordenando a las recurridas gestionar la asignación de un cupo escolar, específicamente en alguno de los establecimientos individualizados, a saber, el Colegio Técnico Bosco A-26 o el Colegio Santa Emilia. SEGUNDO: Que informó Isabel Macarena Calisto Hernández, abogada, en representación de Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, solicitando el rechazo de la acción deducida. Indica que, la apoderada efectuó postulaciones a diversos establecimientos educacionales, principalmente de carácter particular subvencionado, los cuales no se encuentran bajo la administración ni dependencia de la corporación. Asimismo, señala que actualmente existen vacantes disponibles en establecimientos municipales, específicamente en los liceos A-12, A-17 y B-36, por lo que la apoderada podría optar a dichos cupos mediante su incorporación al sistema denominado “Anótate en la Lista”, agregando dichas alternativas y esperando el avance del proceso de asignación. Por otro lado, sostiene, que no existe vulneración de garantía constitucional alguna, por cuanto la situación descrita por la recurrente constituye únicamente una expectativa de resultado respecto del proceso de admisión, el cual aún se encuentra en desarrollo. En este sentido, enfatiza que el sistema de asignación de matrículas se rige por un orden estricto basado en criterios objetivos como el número correlativo, la fecha y hora de inscripción, no siendo posible alterar dicho orden sin vulnerar
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso interpuesto por Katherine Cortés Cortés, en representación de su hijo, Bastián Cortés Cortés, en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social y la Secretaria Regional Ministerial de Educación de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 691-2026 (Protección) 2
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a diecisiete de abril del dos mil veintiséis. VISTOS: Que comparece Katherine Cortés Cortés, domiciliada en Los Poetas Nº1150, comuna de Antofagasta, en representación de su hijo, Bastián Cortés Cortés; quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social y la Secretaria Regional Ministerial de Educación de Antofagasta, por la fa
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