JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE EL TABO

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEL TABO / DENISSE CORNEJO CONCHA

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el recurso de apelación tiene por objeto obtener del tribunal superior la enmienda de la resolución impugnada con arreglo a derecho, confiriendo a esta Corte plena competencia para revisar tanto los aspectos de hecho como de derecho de la sentencia recurrida, incluyendo la verificación del cumplimiento de los requisitos formales que ésta debe satisfacer. Segundo: Que, conforme al artículo 14 de la Ley N° 18.287, sobre procedimiento ante los juzgados de policía local, la sentencia definitiva debe contener, en lo pertinente, la exposición breve y sintética de los hechos y de las alegaciones de las partes, el análisis de la prueba rendida y las consideraciones de hecho y de derecho que sirvan de fundamento al fallo. En lo no previsto, rige supletoriamente el Código de Procedimiento Civil, cuyo artículo 170, en sus numerales 3°, 4° y 5°, exige respectivamente la enunciación de las defensas alegadas por el denunciado, las consideraciones de hecho o de derecho que sirven de fundamento a la sentencia y la enunciación de las leyes o principios de equidad conforme a los cuales se pronuncia el fallo. Tercero: Que, tales exigencias no responden a un mero formalismo. Ellas constituyen una manifestación directa del derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva consagrados en el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, pues aseguran que el justiciable conozca las razones por las cuales se le sanciona, permiten el control jurisdiccional de la decisión por la vía de los recursos y legitiman democráticamente el ejercicio de la potestad punitiva del Estado, aun en su manifestación administrativo-sancionadora. Cuarto: Que, examinada la sentencia impugnada, se constata que su fundamentación se reduce a dar por establecida la existencia de la infracción cometida a partir de la denuncia contenida en el parte de fojas 1 y 2; invocar genéricamente la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza Genera

Fallo

se declara que se rechaza la denuncia interpuesta por la Inspección Municipal de la Ilustre Municipalidad de El Tabo en contra de doña Denisse Carolina Cornejo Concha y en consecuencia se deja sin efecto la multa impuesta. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, devuélvase. N° Policía Local-41-2025.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el recurso de apelación tiene por objeto obtener del tribunal superior la enmienda de la resolución impugnada con arreglo a derecho, confiriendo a esta Corte plena competencia para revisar tanto los aspectos de hecho como de derecho de la sentencia recurrida, incluyendo la ve

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