MP/CRISTIÁN NICOLÁS MONCADA FICA Y OTROS
Rol
Fecha
17 de abril de 2026
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1° Que, la abogada Andrea Hernández Curivil, defensora Penal Pública Licitada, en representación de don Cristian Nicolás Moncada Fica, Antonio Alejandro Contreras Torres y Benjamín Ignacio Zúñiga Fica recurre de apelación en contra de la resolución de 10 de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles que les impuso la medida cautelar de prisión preventiva. Sostiene, en síntesis, que fueron formalizados en calidad de coautores del delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, en relación con el artículo 439 del mismo Cuerpo Legal, en grado de desarrollo de consumado, cuestionando sólo la necesidad de cautela, pues la prisión preventiva no es proporcional a los hechos materia de investigación, y solicita se les imponga la cautelar del artículos 155 letra a) del Código Procesal Penal u otra de menor intensidad. Argumenta que sus representados Cristian Nicolás Moncada Fica, Antonio Alejandro Contreras Torres gozan de irreprochable conducta anterior y que sólo Benjamín Ignacio Zúñiga Fica registra 2 causas judicializadas pendientes, ambas son por simple delito y una de ellas, RIT 213-2025 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles es como adolescente en que el persecutor penal mutó el procedimiento a requerimiento en juicio simplificado, por lo que la cautelar no estaría vigente. Añade que el imputado Benjamín Zúñiga Fica está estudiando en el Instituto y Centro de Formación Técnica Santa Lucía, terminando tercero y cuarto medio, tiene 18 años y junto a Cristian Moncada Fica, co imputado en la causa, viven en el mismo domicilio, junto a su padrastro. Respecto de este último imputado, tiene 20 años, terminó sus estudios de enseñanza media y técnico agrícola, actualmente se desempeña como barbero, de manera independiente, mismo oficio que podría desempeñar desde su domicilio. Por último, respecto de don Antonio, no registra causas judicializadas pendient
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de abril del año en curso, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva a los imputados Cristian Nicolás Moncada Fica, Antonio Alejandro Contreras Torres y Benjamín Ignacio Zúñiga Fica. Comuníquese y devuélvase. N° Penal-548-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción GSR/shp Concepción, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1° Que, la abogada Andrea Hernández Curivil, defensora Penal Pública Licitada, en representación de don Cristian Nicolás Moncada Fica, Antonio Alejandro Contreras Torres y Benjamín Ignacio Zúñiga Fica recurre de apelación en contra de la resolución de 10 de abril del año en curso,
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