AGURTO/MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rol
Fecha
17 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DESESTIMADO
Hechos
VISTOS: Que comparece Katia Agurto Taboada, en representación de su hijo Álvaro Daniel Laos Agurto, domiciliados en Andrés bello Nº2287, comuna de Antofagasta; quien deduce acción constitucional de protección en contra del Ministerio de Educación, por la falta de asignación de cupos escolares para el año escolar 2026, solicitando a esta Corte de Apelaciones ordenar que se le asigne un cupo en el nivel de Tercer año medio. Informan la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso señalando que ha debido recorrer diversas instancias administrativas en busca de una solución que permita la continuidad de los estudios de su hijo, sin obtener una respuesta eficaz por parte de la autoridad recurrida. Señala que el adolescente actualmente vive bajo su cuidado junto a su hermano, precisando que con anterioridad cursó estudios en el Perú. Indica que su hijo manifiesta un claro interés en continuar su trayectoria educativa, con la finalidad de completar su enseñanza media y proyectarse como profesional en el país. No obstante, refiere que, debido al desconocimiento de los procedimientos administrativos, no ha logrado acceder oportunamente a un establecimiento educacional, lo que pone en riesgo su año escolar en curso. Agrega que se trata de una familia monoparental, en la que ella asume en forma exclusiva el cuidado de sus dos hijos, velando por su bienestar y desarrollo integral, motivo por el cual solicita la intervención de esta Corte a fin de que se adopten las medidas necesarias para garantizar el acceso efectivo a la educación de su hijo. En concreto, solicita que se disponga su incorporación a un establecimiento educacional que imparta tercer año de enseñanza media, proponiendo como alternativas los colegios Lancaster o Santa Teresita, atendiendo que en este último ya se encuentra matriculado su hermano menor. SEGUNDO: Que informó Isabel Macarena Calisto Hernández, abogada, en representación de Corporación Municipal de desarrollo social de Antofagasta, solicitando el rechazo de la acción deducida. Expone que la recurrente interpone la acción en atención a que su hijo no cuenta con cupo para cursar tercer año de enseñanza media durante el año escolar 2026, señalando como establecimientos de preferencia colegios subvencionados, particularmente el establecimiento Santa Teresita, donde estudia un hermano del menor. Indica que, revisada la situación del postulante, se constata que su postulación en el Sistema de Admisión Escolar se encuentra correctamente efectuada para el nivel correspondiente, precisando que la apoderada postuló tanto a establecimientos municipales como a particulares subvencionados, respecto de estos últimos sin que la recurrida tenga injerencia alguna para efectos de asignación de vacantes ni para asegurar que ambos hermanos cursen estudios en el mismo establecimiento educacional. Agrega que existen cupos disponibles en establecimientos municipales, específicamente en los liceos A-12, A-15, A-17 y B-36, debiendo el postulante continuar el proceso conforme al orden de prelación del sistema. Sostiene que la acción deducida carece de fundamento constitucional, toda vez que no se identifica garantía alguna conculcada por la recurrida, configurándose más bien una mera expectativa de resultado respecto de las postulaciones efectuadas, lo que resulta improcedente de cautelar mediante esta acción. Señala que el sistema “Anótate en la Lista” se rige por criterios obje
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE DESESTIMA, sin costas, el recurso interpuesto por Katia Agurto Taboada, en representación de su hijo Álvaro Daniel Laos Agurto, en contra del Ministerio de Educación. Regístrese y comuníquese. Rol 585-2026 (Protección) 2
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Antofagasta, a diecisiete de abril del dos mil veintiséis. VISTOS: Que comparece Katia Agurto Taboada, en representación de su hijo Álvaro Daniel Laos Agurto, domiciliados en Andrés bello Nº2287, comuna de Antofagasta; quien deduce acción constitucional de protección en contra del Ministerio de Educación, por la falta de asignación de cupos escolares para el año escolar 2026, solicitando a esta C
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