SIN INFORMACION

CECILIA MUÑOZ MAMANI CONTRA POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE ; SERVICIO NACIONAL DE MIGRACINES

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece Eric Moncayo Castillo, abogado y en representación de CECILIA MUÑOZ MAMANI, boliviana, deduce acción constitucional de amparo en contra de la Resolución Nº 2478 de 2 de agosto de 2021 dictada por el SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y EXTRANJERIA, que decretó la expulsión del país de la amparada acto arbitrario e ilegal que atenta contra las Garantías del número 7º del artículo 19°, de la Constitución Política y en contra de la POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE ya que actualmente se encuentra detenida en sus dependencias para proceder a expulsarla. Explica que la amparada nació en Chile el 26 de junio de 1973 y que mediante el recurso de protección Rol N° 101-2026 procura acreditarlo, recurso que se encuentra pendiente de resolución ante la Excma. Corte de Suprema tras el rechazo en esta Corte de Apelaciones. Recurre de amparo ya que, si bien registra una condena, se trata de una persona que vive en Chile desde su nacimiento con un núcleo familiar establecido en Chile. Pide, tras acusar la falta de respeto al debido proceso, la omisión de ponderación de su arraigo familiar, la vulneración al principio de unidad familiar, de su derecho a la nacionalidad, al recurso, falta de proporcionalidad y de fundamentación, ordenar su inmediata libertad mientras se encuentre pendiente el recurso de apelación ante la Excma. Corte Suprema. En su oportunidad informó la autoridad recurrida y expuso que la amparada registró permanencia definitiva hasta que mediante Resolución N° 25.405 de 19 de marzo de 2013 le fue revocada con la respectiva orden de abandono por registrar una condena por el delito de tráfico ilícito de drogas en la causa Rit N° 68-2012 del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal que la condenó a la pena de 7 años, orden de abandono que incumplió dictándose el Decreto Exento N° 2478 de 2 de agosto de 2021 que dispone su expulsión. La medida de expulsión se funda en causal legal expresa, dado que el artículo 17 del Decreto Ley N° 1.094 de 1975, Ley

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo puede ser deducido a favor de toda persona que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, a fin de que se guarden las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que, a su turno la segunda recurrida informó que la amparada recuperó su libertad por el trascurso del plazo dispuesto en el artículo 134 de la Ley N° 21.325, añadiéndose en estrados que ello ocurrió el 14 de abril de 2026. TERCERO: Que, teniendo en consideración el informe de la recurrida Policía de Investigaciones y la petición de quien interpone el recurso de amparo, se advierte que no existe el acto ilegal que se le reprocha, esto es, el acto que se estimaba como atentatorio a los derechos constitucionales de la amparada, por lo que esta Corte no se encuentra actualmente en condiciones de adoptar ninguna medida en su favor en los términos que se contemplan en el artículo 21 de la Constitución Política de la República.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara: Que SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de CECILIA MUÑOZ MAMANI en el folio 1. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 160-2026 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Arica, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. VISTO: Comparece Eric Moncayo Castillo, abogado y en representación de CECILIA MUÑOZ MAMANI, boliviana, deduce acción constitucional de amparo en contra de la Resolución Nº 2478 de 2 de agosto de 2021 dictada por el SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y EXTRANJERIA, que decretó la expulsión del país de la amparada acto arbitrario e ilegal que atenta

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