ANONIMIZADO
Rol
Fecha
17 de abril de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo además presente: Primero: Que en el presente caso la demandante solicitó se activara el procedimiento especial previsto en el artículo 19 quáter de la Ley N°14.908, el cual supone la existencia de pensiones alimenticias devengadas y liquidadas, que se encuentren pendientes de pago; lo anterior permite concluir que el mismo y las retenciones que en virtud de tal procedimiento se puedan realizar solo se justifican respecto de pensiones alimenticias que ya tengan dichas condiciones, esto...
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, la abogada Anita María Araya S., durante 30 minutos. Carla Muñoz, relatora. C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de abril de dos mil veintiséis Al escrito folio 6: téngase presente. Vistos y teniendo además presente: Primero: Que en el presente caso la demandante solicitó se activara el procedimiento especial previsto en el artículo 19 quáter de la Ley N°
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