MANTELLERO CON LATAM AIRLINES GROUP SA - VUELVE A TABLA.-
Rol
Fecha
17 de abril de 2026
Materia
OTRAS MATERIAS SINDICALES
Resultado
RECHAZA - ACOGE
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT S-112-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “Mantellero con Latam Airlines Group S.A.”, por sentencia definitiva de 4 de abril de 2025, se rechazó la acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales y la denuncia por práctica antisindical deducidas por el actor; asimismo se rechazó el cobro de semana corrida; y se acogió parcialmente la acción subsidiaria de despido improcedente, condenándose a la demandada al pago del recargo legal del treinta por ciento sobre la indemnización legal por años de servicios, más reajustes e intereses, sin condena en costas. En contra de dicha sentencia dedujeron recurso de nulidad ambas partes. La demandada invoca la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo en relación con la declaración de despido injustificado. A su vez, la parte demandante alega la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, pero la invoca en tres capítulos independientes referidos al rechazo de la acción por práctica antisindical, al cálculo del recargo legal sobre la indemnización por años de servicio y al rechazo del cobro de semana corrida. En subsidio, invoca la causal prevista en el artículo 478 letra e) del mismo cuerpo legal. Declarados admisibles los recursos, se procedió a su conocimiento en la audiencia fijada para dicho efecto, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: I. Del recurso de nulidad de la parte demandada. Primero: Que la parte demandada funda su recurso en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, en haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración del artículo 161 inciso primero del mismo cuerpo legal en relación con los artículos 20 y 23 del Código Civil. Sostiene que la sentencia impugnada declaró improcedente el despido del actor pese a haberse acreditado en el proceso la existencia de circunstancias económicas que afectaron la operación de la empresa, derivadas de los efectos de la pandemia por Covid-19 en la industria aeronáutica, situación que motivó la adopción de medidas de reorganización y racionalización de personal. Expone que la carta de despido consignó los hechos que fundamentaron la causal de necesidades de la empresa, referidos a la reestructuración de determinadas áreas y a la consecuente disminución de puestos de trabajo, cumpliendo así las exigencias del artículo 161 del Código del Trabajo. Arguye que el tribunal de instancia incurrió en error de derecho al exigir, para tener por configurada dicha causal, la acreditación específica de la reestructuración del área en que se desempeñaba el actor y el carácter permanente de dicha reorganización, requisitos que afirma no contempla el artículo 161 del Código del Trabajo. En cuanto a la influencia en lo dispositivo del
Fallo
fallo en relación con la declaración de despido injustificado. A su vez, la parte demandante alega la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, pero la invoca en tres capítulos independientes referidos al rechazo de la acción por práctica antisindical, al cálculo del recargo legal sobre la indemnización por años de servicio y al rechazo del cobro de semana corrida. En subsidio, invoca la causal prevista en el artículo 478 letra e) del mismo cuerpo legal. Declarados admisibles los recursos, se procedió a su conocimiento en la audiencia fijada para dicho efecto, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: I. Del recurso de nulidad de la parte demandada. Primero: Que la parte demandada funda su recurso en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, en haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración del artículo 161 inciso primero del mismo cuerpo legal en relación con los artículos 20 y 23 del Código Civil. Sostiene que la sentencia impugnada declaró improcedente el despido del actor pese a haberse acreditado en el proceso la existencia de circunstancias económicas que afectaron la operación de la empresa, derivadas de los efectos de la pandemia por Covid-19 en la industria aeronáutica, situación que motivó la adopción de medidas de reorganización y racionalización de personal. Expone que la carta de despido co
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Santiago, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. VISTOS: En estos autos RIT S-112-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “Mantellero con Latam Airlines Group S.A.”, por sentencia definitiva de 4 de abril de 2025, se rechazó la acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales y la denuncia por práctica antisindical deducidas por e
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