SIN INFORMACION

CARLOS CAPUCHELLI CAPUCHELLI/ ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE CARTAGENA

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece mediante formulario don Enrique Carlos Capuchelli Capuchelli, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Cartagena, por la negativa a otorgar suministro de agua, acto que califica de ilegal y arbitrario, lo que estiman conculca sus garantías fundamentales del articulo 19 N°s 1, 2, de la Constitución Política de la República. Funda su arbitrio que es una persona de85 años, que padece diabetes, hipertensión, visión monocular y hace un mes y 7 días que no cuenta con agua, sin razón alguna se suspendió dicho servicio, incluso en navidad y año nuevo. A folio 6 evacua informe don Héctor Sepúlveda Zuleta, abogado en representación de la Ilustre Municipalidad de Cartagena. Explica que el recurrente es beneficiario para la asignación de entrega de Agua Potable en su domicilio ubicado en Avda. Los Leones, parcela 4 Sitio N°18, Comuna de Cartagena, Registro N ° 297. Respecto a lo señalado por el actor de que, desde hace un mes y siete días, no cuenta con agua potable y con el servicio suspendido, no es efectivo ya que la entrega y suministro de agua potable se realizó los meses desde noviembre de 2025 a marzo de 2026 por la Dirección de Operaciones de dicha Municipalidad, acompañando el detalle de entrega. Hace presente que la entrega de agua potable correspondiente al 23 de febrero de 2026 no se realizó por no encontrarse moradores en la residencia, pero dicho servicio fue proporcionado en forma extraordinaria el 06 de marzo de 2026, en la ruta destinada a beneficiarios que no se encontraban en sus domicilios. La entrega de agua potable se realiza con un camión aljibe en una ruta donde se comprenden más usuarios, por lo que su distribución se debe ceñir a una programación ya establecida y que es de conocimiento del recurrente. Por lo señalado, la Dirección de Operaciones de la Municipalidad de Cartagena ha abastecido de agua al recurrente de acuerdo con la planificación establecida para los usuarios del be

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, por la presente vía cautelar, se denuncia como acto ilegal y arbitrario la negativa a otorgar suministro de agua al recurrente por parte de la Ilustre Municipalidad de Cartagena. Tercero: Que, la recurrida informa que el actor es beneficiario para la asignación de entrega de agua potable en su domicilio ubicado en Avenida Los Leones, parcela 4 Sitio N°18, comuna de Cartagena, Registro N°297, y que la entrega y suministro de agua potable se realizó los meses desde noviembre de 2025 a marzo de 2026 por la Dirección de Operaciones de dicha Municipalidad, no siendo efectivo los dichos del recurrente, respecto a la suspensión de dicha entrega. Cuarto: Que, de los hechos expuestos y prueba acompañada por la recurrida, dan cuenta de la entrega de agua potable en los meses de noviembre y diciembre de 2025, así como en los meses de enero a marzo de 2026, por lo que se advierte que el supuesto fáctico aquí recurrido ya no existe, toda vez que la Ilustre Municipalidad de Cartagena hizo entrega de agua potable al recurrente, motivo suficiente para desestimar el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección se rechaza, sin costas el recurso de protección deducido por Enrique Carlos Capuchelli Capuchelli, en contra de la Ilustre Municipalidad de Cartagena. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1971-2026. En Valparaíso, diecisiete de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, comparece mediante formulario don Enrique Carlos Capuchelli Capuchelli, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Cartagena, por la negativa a otorgar suministro de agua, acto que califica de ilegal y arbitrario, lo que estiman conculca sus garantías fundam

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