JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

IMPUTADO: MARIO EDUARDO LABRA SEGURA

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1°) El Ministerio Público apela la decisión de diecisiete de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que declaró la ilegalidad de la detención del imputado Mario Eduardo Labra Segura, y pide su revocación, por considerar, en síntesis, que en la causa existen indicios objetivos que justifican el actuar policial, de modo que la detención del imputado se ajustó a derecho. 2°) Conforme a los antecedentes expuestos en la audiencia, el día 16 de marzo de 2026, personal de Carabineros de la Subcomisaria Cerros de Talcahuano recibió un llamado de la Central de Comunicaciones para trasladarse a la Población Lobos Viejos, por haber sido advertida la presencia de un sujeto de contextura delgada, que vestía pantalón negro y polera blanca, transitando con dos cilindros de gas marca Abastible. Al llegar a la intersección de calles Los Halcones con Los Albatros, el personal policial constató la presencia de un sujeto que coincidía con dichas características físicas y de vestimentas, quien, al percatarse de la presencia de Carabineros, se desprendió de un cilindro de gas de 5 kg. Los funcionarios de Carabineros procedieron a controlar la identidad del sujeto, conforme al artículo 85 del Código Procesal Penal, y en este contexto, le consultaron por la especie de la que se habría desprendido, manifestando el imputado que se la habría entregado a un sujeto que no conoce. Mientras se realizaba este procedimiento, se presentó en el lugar la víctima, don Patricio Sandoval Gutiérrez, quien sindicó al sujeto cuya identidad se controlaba como el autor de la sustracción de los cilindros desde su domicilio, tras ser alertado de los hechos por un testigo presencial, procediendo el personal policial a la detención del imputado. El día 17 de marzo de 2026, se realizó la audiencia de control de detención del imputado, declarándose por el Juzgado de Garantía de Talcahuano la ilegalidad de la misma. En la misma audiencia, el imputado fue formalizado

Fallo

Por estas consideraciones, citas legales y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 85, 132 bis, 364 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA, sin costas, la resolución apelada de diecisiete de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que declaró ilegal la detención, y en su lugar se dispone que se declara legal la detención practicada por funcionarios de Carabineros al imputado Mario Eduardo Labra Segura el día 16 de marzo de 2026. Comuníquese y devuélvase. Redactada por el abogado integrante señor Günther Besser Valenzuela. N° Penal-413-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción shp Concepción, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. VISTOS: 1°) El Ministerio Público apela la decisión de diecisiete de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que declaró la ilegalidad de la detención del imputado Mario Eduardo Labra Segura, y pide su revocación, por considerar, en síntesis, que en la causa existen indicios objeti

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