JUZGADO DE GARANTIA DE LA LIGUA

MP C/ ALLAN JAVIER SANTIBANEZ MARTINEZ

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, teniendo especialmente presente la irreprochable conducta anterior del imputado, y que se ignora el peso neto de la droga incautada, estimando que una o más de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes y proporcionadas para asegurar los fines del procedimiento y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo normativo, se revoca la resolución apelada de siete de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de La Ligua, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Allan Javier Santibáñez Martínez y en su lugar se declara que éste queda sujeto a la medida de privación domiciliaria de libertad total, conforme a lo dispuesto en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Teresa Carolina Figueroa Chandía, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Se da orden de libertad inmediata para Allan Javier Santibáñez Martínez si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-926-2026.

Fallo

se declara que éste queda sujeto a la medida de privación domiciliaria de libertad total, conforme a lo dispuesto en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Teresa Carolina Figueroa Chandía, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Se da orden de libertad inmediata para Allan Javier Santibáñez Martínez si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-926-2026.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a diecisiete de abril de dos mil veintiséis, a las 10:21 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por la Ministra señora Teresa Carolina Figueroa Chandía, quien presidió, la Ministra señora Nancy Bluck Bahamondes y la Abogada Integrante señora Verónica Munilla Espinoza, para la vist

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