JUZGADO DE GARANTIA DE SAN FELIPE

ONE WORLD SPA C/ RICARDO JOSE DUCH MARQUEZ

Rol

Fecha

17 de abril de 2026

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 158 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diez de marzo de dos mil veintiséis dictada por el Juzgado de Garantía de San Felipe, precisando que las medidas se conceden hasta por la suma solicitada. Decisión acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Felipe Caballero Brun, quien fue de la opinión de revocar la resolución en alzada y dejar sin efecto las medidas cautelares decretadas; teniendo como fundamento para ello que la procedencia de las medidas cautelares reales en favor de la víctima, de conformidad a los artículos 61, 157 y 230 inciso 2° del Código Procesal Penal, se encuentra necesaria y teleológicamente vinculada al futuro ejercicio de la acción civil a que se refiere el artículo 59 de la codificación indicada y, por consiguiente, para que la pretensión cautelar resulte plausible, ante la jurisdicción penal, el proceso -al menos- debe encontrarse formalizado respecto de aquellas personas contra las cuales se ejercerá la mencionada acción civil y, al no haberse verificado en el caso de marras dicho hito procesal, no es posible que la finalidad cautelar cumpla su objetivo. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N° Penal-698-2026.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Cgv ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diecisiete de abril de dos mil veintiséis, se da inicio a la presente audiencia a las 12:26 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora Rosa Herminia Aguirre Carvajal e integrada por la Ministra Interina señora Leonor Cohen Briones y el Abogado Integrante señor Felipe C

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