BANCO FALABELLA - MENDOZA BAHAMONDEZ VICTOR ALEJANDRO
Rol
Fecha
16 de abril de 2026
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, se confirma, en lo apelado, la resolución de veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por el 2° Juzgado de Policía Local de Ñuñoa. Devuélvase. N°4501-2024 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Carlos Lastra por el recurso por el tiempo de 10 minutos. Santiago, 16 de abril de 2026. Florencia Sáez Bugmann, relatora. Santiago, dieciséis de abril de dos mil veintiséis. Al escrito folio N°13: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°1
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