SÁNCHEZ/I. MUNICIPALIDAD DE OSORNO
Rol
Fecha
16 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1º) Belén Margot Sánchez Valenzuela, profesora, domiciliada en la comuna de Osorno, deduce recurso de protección en contra del Departamento Administrativo de Educación Municipal de Osorno, el Liceo Bicentenario Eleuterio Ramírez y la Ilustre Municipalidad de Osorno, impugnando su destinación al Instituto Bicentenario Comercial de dicha comuna y la reducción de sus jornada de 44 a 43 horas cronológicas, acto que califica de arbitrario, ilegal y vulneratorio de sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, igual protección en el ejercicio de sus derechos y propiedad, contenidas en los números 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que, desde 2019, se desempeña como profesora de Matemáticas en el Liceo Bicentenario Eleuterio Ramírez de Osorno, establecimiento educacional municipal, cumpliendo durante el año 2025 una jornada completa. Señala que fue trasladada sin fundamentación suficiente, sin acto administrativo individualizado y sin que se hayan expresado criterios técnicos verificables, afectando gravemente su estabilidad laboral, su trayectoria profesional y la continuidad pedagógica de asignaturas estratégicas para el establecimiento, además de sus condiciones económicas. Pide que se deje sin efecto el acto impugnado, ordenando su reincorporación al Liceo Bicentenario Eleuterio Ramírez de Osorno. 2º) Informaron los recurridos señalando que la decisión de traslado de la actora ha sido reevaluada y que la recurrente se encuentra destinada actualmente al Liceo Bicentenario Eleuterio Ramírez, ratificando su permanencia definitiva en ese establecimiento y la mantención de su carga horaria original de 44 horas cronológicas, encontrándose en plenitud de sus derechos laborales, estatutarios y remuneracionales. 3º) El recurso de protección de garantías constitucionales, previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional cuyo propósito consiste en obtener de los
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Belén Margot Sánchez Valenzuela en contra del Departamento Administrativo de Educación Municipal de Osorno, el Liceo Bicentenario Eleuterio Ramírez de Osorno y la Ilustre Municipalidad de Osorno. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-258-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, dieciséis de abril de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Belén Margot Sánchez Valenzuela, profesora, domiciliada en la comuna de Osorno, deduce recurso de protección en contra del Departamento Administrativo de Educación Municipal de Osorno, el Liceo Bicentenario Eleuterio Ramírez y la Ilustre Municipalidad de Osorno, impugnando su destinación al Instituto Bicentenario Com
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