RIVERA MONTOYA GERMAN TADEO / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCILA - COMISION DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ
Rol
Fecha
16 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece German Rivera Montoya, no indica profesión ni oficio, domiciliado en Las Palomas N°5987, comuna de Macul, quien mediante un formulario y de su puño y letra interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), en razón de haber incurrido en un acción ilegal y arbitraria, consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°R-01-DC-141642-2025 de 15 de octubre pasado, por la Superintendencia de Seguridad Social, que denegó el pago de cinco licencias médicas extendidas por patologías de salud mental, afectando sus derechos constitucionales, por lo que solicita se deje sin efecto la referida resolución, ordenando el pago de las referidas licencias médicas. Segundo: Que evacua el informe respectivo la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana (COMPIN RM), indicando que la SUSESO confirmó el rechazó realizado por la COMPIN de las licencias médicas N°112179935-5, 113337341-8, 114449927-8, 115761773-3 y 117379940-K, extendidas por un total de 150 días a contar del 22 de diciembre de 2024, por reposo no justificado. Señala que las licencias médicas se rechazan, en atención a que el paciente adjunta certificado médico de especialidad del COSAM de Macul de 16 abril de 2025, donde manifiesta que está en tratamiento por diagnóstico de cuadro de ansiedad y trastorno depresivo. Añade que el paciente consultó por síntomas de labilidad emocional, irritabilidad, anhedonia, insomnio, angustia, ansiedad, está en tratamiento con venlafaxina, olanzapina, mirtazapina, lorazepam, en ajuste terapéutico, no detalla estado actual del paciente sin pronostico, sin escala GAF (escala de evaluación global de funcionamiento, se requiere de un 40% o menos para tener derecho a licencia médica), ni ejes, paciente con reposo desde inicios del 2020 a la fecha por patología crónica ya establecida, sin inicio de trami
Fundamentos
motivos que se aduzcan tengan un carácter razonable. Séptimo: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que la Resolución Exenta que mantuvo el rechazo de las licencias médicas, se encuentra debidamente fundada, desde que explica la razón por la que decidió rechazar la reconsideración presentada por el recurrente. Asimismo, es dable advertir que el acto impugnado fue dictado por el órgano competente, dentro de sus atribuciones y en la forma que prescribe la ley, de lo que se sigue que no ha existido en la especie un actuar ilegal o arbitrario que conculque los derechos fundamentales de la actora, motivo por el cual el recurso de protección necesariamente debe ser desestimado.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el ya referido Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se rechaza, sin costas, el recurso de protección. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N°23091-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciséis de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece German Rivera Montoya, no indica profesión ni oficio, domiciliado en Las Palomas N°5987, comuna de Macul, quien mediante un formulario y de su puño y letra interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Comisión de Medicina Prevent
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