SIN INFORMACION

CRUZ VARGAS MATHIAS NICOLÁS/SUPERINTENDENCIA SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

16 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece el abogado Mathias Nicolás Cruz Vargas, domiciliados para estos efectos en calle Av. Reñaca Norte 265, oficina 510, comuna de Viña del Mar e interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO), representada por doña Andrea Soto Araya, abogada, ambas con domicilio en calle Huérfanos N°1376, piso 5°, comuna de Santiago, por haber incurrido en actos ilegales y arbitrarios consistentes en la resolución exenta N°R-01-UCA-00978- 2026, de fecha 06 de enero de 2026, que rechaza el reclamo presentado por el recurrente y confirma lo obrado por IST, en un manifiesto error de cálculo en el pago de su licencia médica por accidente laboral de trayecto comprendidos entre los días 19 de junio a 25 de julio de 2025, ordenado a la SUSESO Región Metropolitana que, en el más breve plazo y dentro del plazo legal, redictamine; el cálculo de los subsidios a el monto aproximado de $36,666 diarios correspondientes a los 36 días de subsidio A folio 8 evacua informe el IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo (ex Instituto de Seguridad del Trabajo) y solicita sea rechazo el recurso por los

Fundamentos

fundamentos que allí vierte. A folio 11 emite informe la recurrida Superintendencia de Seguridad Social y solicita el rechazo del recurso por los argumentos que allí señala. A folio 12 se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: En cuanto a la alegación de improcedencia del recurso. Primero: Que la alegación de improcedencia del recurso alegada por el las recurridas será desestimada, teniendo presente para ello que, si bien el derecho contenido en el N° 16 del artículo 19 de la Constitución Política de la República no se encuentra comprendido dentro del artículo 20 de la Carta Fundamental, el recurso no solo denuncia su vulneración, sino, además, aquellas referidas a los numerales 2° y 24° del artículo 19 citado. En cuanto a la alegación de extemporaneidad de la acción. Segundo: Que, lo misma decisión de rechazo debe recaer sobre la petición de extemporaneidad, considerando para ello que lo recurrido por medio de esta acción constitucional es la Resolución Exenta N° R-01-UCA-00978-2026, de fecha 06 de enero de 2026, emanada de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), por lo que a la fecha de interposición del presente recurso – 1 de febrero de 2026- no había transcurrido el plazo de 30 días que establece el numeral 1° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia. En cuanto al fondo: Tercero: Que, por la presente vía constitucional se recurre en contra de la Resolución Exenta N°R-01-UCA-00978- 2026, de fecha 06 de enero de 2026, en la que la SUSESO resuelve rechazar el reclamo presentado por el actor y confirma lo obrado por IST, en relación con el monto pagado por el subsidio derivado de su reposo laboral iniciado a contar del 19 de junio de 2025, por 36 días, lo que habría afectado sus garantías constitucionales de los números 2, 16 y 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica el recurrente que el 7 de marzo de 2025, celebró contrato de trabajo indefinido con la Cámara de Diputados de Chile como Asesor en materias jurídicas en el equipo parlamentario de la Diputada Chiara Barchiesi Chávez. Refiere que el contrato original establecía una jornada laboral de 8 horas semanales, distribuidas los viernes de 09:00 a 13:00 horas y de 15:00 a 19:00 horas, equivalente a 4 días mensuales, con una remuneración bruta mensual de $300.000 (trescientos mil pesos), por 4 días laborales al mes, con una duración indefinida. Relata que el 30 de abril de 2025, celebró una modificación del contrato con efectos desde el 01 de mayo de 2025, que alteró sustancialmente las condiciones laborales, estableciendo una nueva remuneración y jornada laboral consistentes en jornada laboral sin límites conforme artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo, atendido a que los servicios se ejercían sin fiscalización superior inmediata, con una remuneración bruta mensual de $1.100.000 fija, por una jornada de 30 días, con duración indefinida. Refiere que el 19 de junio de 2025, sufrió u

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte <Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, en recurso de protección deducido por el abogado Mathias Nicolás Cruz Vargas en contra de Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO). Comuníquese. Notifíquese y regístrese. Redacción de la Ministra Sra. Carolina Figueroa Chandía. N° Protección 1031-2026.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de abril de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1 comparece el abogado Mathias Nicolás Cruz Vargas, domiciliados para estos efectos en calle Av. Reñaca Norte 265, oficina 510, comuna de Viña del Mar e interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO), representada por doña Andrea Soto Araya, abogada, ambas con

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