MP/VICTOR ANDRÉS SALAZAR TAPIA
Rol
Fecha
16 de abril de 2026
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OÍDO: En la resolución en alzada, se elimina la referencia que se hace a la aplicación del grado máximo de la penalidad. Y teniendo, además, presente: 1°) Que la defensa del imputado Víctor Andrés Salazar Zapata, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 10 de abril en curso, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Coronel, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del referido encartado, solicitando que ella sea revocada y sustituida por otras menos gravosas, como las de las letras e) y f) del artículo 155 del Código Procesal Penal. Cabe señalar que el imputado se encuentra formalizado como autor del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 432 en relación al 442 número 1 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado. La defensa arguye que la prisión preventiva resulta desproporcionada en este caso, teniendo en cuenta el grado de desarrollo del ilícito, su sanción legal probable y el hecho que el encausado tiene una fractura en su mandíbula producto de un golpe y, además, por el estado en que se hallaba al ser formalizado, el tribunal ordenó que fuera evaluado por un médico internista y por un médico psiquiatra, pues presentaría un estado “catatónico”. Por su parte, el persecutor penal sostuvo que la prisión preventiva resulta necesaria en la especie, teniendo en cuenta que el imputado es reincidente en delitos de la misma especie y registra múltiples condenas en su extracto de filiación. 2°) Que, ahora bien, de acuerdo con el mérito de los antecedentes y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, esta Corte comparte lo resuelto por el juez del a quo, puesto que si bien el delito materia de la formalización -robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado-, se encontraría en grado de frustrado, razón por la cual procedería rebajar en un grado la pena teórica asignada por la ley al referido ilícito, lo cierto es que el encausado presenta múltiples condenas en su extr
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 122, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Víctor Andrés Salazar Zapata. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase al tribunal de origen. N° Penal-532-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción PMR/cms Concepción, dieciséis de abril de dos mil veintiséis. VISTO Y OÍDO: En la resolución en alzada, se elimina la referencia que se hace a la aplicación del grado máximo de la penalidad. Y teniendo, además, presente: 1°) Que la defensa del imputado Víctor Andrés Salazar Zapata, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 10 de abril en curso, pronunc
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