JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ EDUARDO ALEJANDRO AMPAY MILLAR

Rol

Fecha

15 de abril de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que rechazó la solicitud de prisión preventiva respecto del imputado Eduardo Alejandro Ampay Millar. 2°) Que, del mérito de los antecedentes reunidos hasta esta etapa procesal, así como de lo expuesto por los intervinientes en audiencia, se desprende la existencia de antecedentes suficientes para estimar concurrentes los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades. Para estos efectos, se tiene especialmente en consideración la situación de flagrancia en que fue sorprendido el imputado en la vía pública, portando un banano con 25 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína, lo cual se sustenta en el parte policial, que contiene la declaración del personal aprehensor respecto de la venta de tres envoltorios de dicha sustancia a un tercero infractor del artículo 50 de la Ley N°20.000, así como en las correspondientes actas de pesaje e incautación. 3°) Que, en cuanto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del citado artículo 140, se considera la naturaleza del delito por el cual se ha formalizado la investigación, las múltiples condenas anteriores, siendo la última ​-de fecha diecinueve de febrero del año en curso- así como la anterior, por delito de la misma especie. Asimismo, se considera la forma de cumplimiento de la eventual pena a imponer, todo lo cual permite concluir que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha catorce de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Miguel Ángel García Herrera, y en su lugar se decret

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha catorce de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Miguel Ángel García Herrera, y en su lugar se decreta la prisión preventiva del imputado Eduardo Alejandro Ampay Millar. Devuélvase. Rol Penal N°443-2026.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, quince de abril de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que rechazó la solicitud de prisión preventiva respecto del imputado Eduardo Alejandro Ampay Millar. 2°) Que, del mérito de los antecedentes reunidos h

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