3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LA FLORIDA

GUZMAN GALLARDO JESUS/CÍA. DE SEGUROS GENERALES CONSORCIO NACIONAL DE SEGURO S.A

Rol

Fecha

15 de abril de 2026

Materia

SIN MATERIA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18. 287, se confirma la sentencia apelada de fecha veintiocho de abril de dos mil veintitrés, escrita de fojas 89 y siguientes, dictada en los autos Rol 44343-7-2022, tramitados ante el Tercer Juzgado de Policía Local de La Florida. Regístrese y devuélvase con su custodia. N° Policia Local-2163-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de abril de dos mil veintiséis. Al escrito folio 28: a todo, téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el

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