ROBERTO CARLOS ZAMORANO FERNANDEZ C/ BASTIAN IGNACIO SAAVEDRA SALAZAR
Rol
Fecha
15 de abril de 2026
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido que la imputación realizada al encartado principalmente se basa en la declaración de la víctima en al menos en dos oportunidades, constando que en una de ellas no especificó las características físicas como tampoco aludió que fuese una persona conocida -lo que solo hizo en una segunda ocasión- luego de haber concluido que el imputado era el autor del robo, lo que, no obstante el reconocimiento fotográfico efectuado, aparece insuficiente para estimar que se satisface el requisito del artículo 140 letra b) del Código Procesal Penal, aquello impide decretar su prisión preventiva. Por lo expuesto, lo alegado por los intervinientes en estrado, estimando que una o más de las medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, se revoca la resolución apelada de nueve de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de La Calera, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Alejandro Sebastián Enrique Villalobos y, en su lugar, se declara que se la deja sin efecto. Dese orden de libertad en favor del imputado, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Lavín, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Notifíquese por la vía más expedita, por email, telefónicamente y devuélvase. N° Penal-904-2026
Fallo
Por lo expuesto, lo alegado por los intervinientes en estrado, estimando que una o más de las medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, se revoca la resolución apelada de nueve de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de La Calera, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Alejandro Sebastián Enrique Villalobos y, en su lugar, se declara que se la deja sin efecto. Dese orden de libertad en favor del imputado, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Lavín, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Notifíquese por la vía más expedita, por email, telefónicamente y devuélvase. N° Penal-904-2026
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a quince de abril de dos mil veintiséis, se da inicio a esta audiencia a las 09:46 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora María del Rosario Lavín Valdés e integrada por la Ministra señora Marcela Figueroa Astudillo y el Ministro Suplente señor Germán Manuel Núñez Ro
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