SIN INFORMACION

ZAMBRANO/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

15 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de Alexander Max Manríquez Núñez, abogado, cédula de identidad Nº14.393.467-5 en representación de don Héctor Alfonso Zambrano Sandoval, cédula nacional de identidad de la República de Colombia N°1.092.396.656, con domicilio en Campamento Cabeza de Familia Casa 709 de Antofagasta, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra de la Policía de Investigaciones y del Ministerio del Interior, por la omisión que estima ilegal y arbitraria en relación al pronunciamiento y visualización de la tarjeta de extranjero infractor con folio N°448365, de fecha 10 de octubre de 2023, solicitando se ordene a la PDI y/o SERMIG que se adopten las decisiones administrativas correspondientes a la tarjeta de identificación de extranjero infractor N°448365 y notifiquen al recurrente el estado y resolución del procedimiento, con costas. Informó la recurrida Policía de Investigaciones de Chile al tenor del recurso. Atendido los hechos señalados en el recurso, se pidió informe al Servicio Nacional de Migraciones, el que fue evacuado solicitando el rechazo del recurso. El Ministerio del Interior evacuó el informe, indicando que la materia corresponde sea informada por el Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones de Chile. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en el recurso se indica que el actor ingresó a Chile por paso no habilitado desde Colchane a Arica, por motivos económicos por la contingencia existente en su país de origen y después procedió a autodenunciarse según formulario de declaración voluntaria por ingreso clandestino de la PDI. Añade que el 10 de octubre de 2023, en la PDI, se le entregó tarjeta de identificación extranjero infractor folio 448365, por lo que desde esa fecha, el recurrente ha esperado el pronunciamiento de la autoridad competente para continuar con la regularización de su situación migratoria, habiendo transcurrido más de 29 meses desde la autodenuncia sin que la PDI ni el Servicio Nacional de Migraciones hayan emitido resolución alguna ni notificación formal que explique el atraso ni permita al recurrente ejercer sus derechos, omisión de pronunciamiento que le impide acceder a trámites de regularización, obtener documentos, contratar trabajo formalmente y ha generado vulneración de su dignidad y seguridad jurídica. Señala que el recurrente ha cumplido con todas las exigencias legales y reglamentarias para poder comenzar a regular su situación migratoria dentro del país, y al consultar el trámite en las distintas plataformas que existen de la Policía de Investigaciones, ese trámite no avanza ni mucho menos muestra más información. Explica que el recurrente por razones de necesidad y contingencia de su país de origen emigró al territorio nacional, y en el tiempo que ha transcurrido ha logrado un fuerte arraigo, creando vínculos sociales, y generando un apego al territorio que lo motiva a permanecer, ha teniendo en un comienzo que trabajar informalmente en variados empleos, pero en la actualidad se encuentra trabajando formalmente desde el 1 de noviembre de 2025 para Zumipets SPA, como asistente operacional. Señala que ese arraigo al país se ve acrecentado ya que está casado desde el 26 de enero del presente con Maglin López Suarez, residente definitiva, viviendo con ella y sus 4 hijos a los que mantiene económicamente; Abdias, Abel, Alfredo y Elisabet, todos Landaeta López, los cuales no son mantenidos por su padre, quienes están en situación escolar, realizando su vida dentro de Chile de forma regular, y dependiendo totalmente del pasar económico y migratorio del recurrente. Agrega que su vínculo familiar se ve incrementado ya que su madre Arcenia Sandoval Guerrero y su hermano Edixon Manzano Sandoval también viven en Chile, añadiendo que el recurrente posee los medios económicos suficientes. Afirma que las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta a la tarjeta de identificación de extranjero infractor folio 448365, transcurriendo más de 29 meses sin que la autoridad competente emita pronunciamiento, vulnerando el derecho a la igualdad y no discriminación (art. 19 N°2) ya que se ha discriminado gravemente a

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA sin costas, el recurso de protección interpuesto por el abogado Alexander Max Manríquez Núñez, en favor de don Héctor Alfonso Zambrano Sandoval. Regístrese y comuníquese. Rol 590-2026 (Protección)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a quince de abril de dos mil veintiséis. VISTOS: La comparecencia de Alexander Max Manríquez Núñez, abogado, cédula de identidad Nº14.393.467-5 en representación de don Héctor Alfonso Zambrano Sandoval, cédula nacional de identidad de la República de Colombia N°1.092.396.656, con domicilio en Campamento Cabeza de Familia Casa 709 de Antofagasta, quien interpone acción de protección d

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