JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MINISTERIO PUBLICO C/ SEBASTIAN ALEJANDRO MARTINEZ MORALES

Rol

Fecha

15 de abril de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1°) El tribunal tuvo por establecidos los presupuestos materiales contenidos en los literales a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del delito por el cual fueron formalizadas los imputados, esto es, tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3 de la Ley N°20.000, en calidad de autores y en grado de desarrollo consumado, los cuales no se encuentran controvertidos por la defensa. 2°) El recurso de apelación cuestiona la concurrencia de la necesidad de cautela contenida en el literal c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, estimando que medidas cautelares de menor intensidad resultan suficientes para resguardar los fines del procedimiento. 3°) Sobre este aspecto, se debe tener presente la gravedad del ilícito por el cual han sido formalizados los imputados, el bien jurídico protegido, la pena asignada al mismo, así como la cantidad de droga objeto del delito, esto es, aproximadamente 80 kilos de marihuana. Por otra parte, se debe considerar que los encartados actuaron en grupo o pandilla en la comisión del delito. Además, las alegaciones respecto de la concurrencia de una posible colaboración sustancial o cooperación eficaz son cuestiones de fondo que deberá resolver, en su oportunidad, el tribunal respectivo. De esta manera, resulta concluyente que la prisión preventiva es la única medida cautelar que permite resguardar la seguridad de la sociedad. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Copiapó, en audiencia de nueve de abril de dos mil veintiséis, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Matías Bastián Herrera Herrera y Jhonatan Brandon Caro Camacho, por peligro para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-253-2026.

Texto Completo (Preview)

Fecha: quince de abril de dos mil veintiséis Sala: Primera Rol Corte: Penal-253-2026 Ruc N°: 2600030037-2 Rit N°: O-163-2026 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Integrantes: ministra señora Erika Villegas Pavlich, ministra señora Aida Osses Herrera y abogado integrante señor Mario Chassignolle Reyes Relatora: Anita Edith Niculcar Solís Abogada Asesora M.P.: Karla Espinoza Jimenes Defenso

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