VERGARA/VERGARA
Rol
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, con fecha 23 de marzo de 2026, comparece don Ricardo Enrique Vergara Bravo, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local Santiago Poniente, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 20 de marzo de 2026, que denegó el recurso de apelación deducido en contra de la resolución que, a su vez, decretó el sobreseimiento definitivo de los imputados Leandro Antonio Santander Becerra y Flavio Adrián Tamay Puli. Expone que, con fecha 5 de mayo de 2025, en causa RIT 2668-2025, RUC 2500604303-0, seguida ante el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, se formalizó a los imputados ya individualizados por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 1 de la Ley N°20.000 en calidad de autores, en grado de consumado y que el 23 de enero de 2026 se decretó el cierre de la investigación. Añade que, con fecha 6 de marzo de 2026, el Ministerio Público solicitó al tribunal que se le apercibiera fijando el plazo de dos días contenido en el artículo 247 inciso 5 del Código Procesal Penal para efectos de deducir acusación, informando al fiscal regional, lo que fue rechazado por el tribunal con fecha 12 de marzo de 2026, fundándose en el artículo 248 del Código del ramo. Refiere que, en audiencia celebrada con fecha 13 de marzo de 2026 para discutir el sobreseimiento de la causa, se resolvió en primera instancia la reposición interpuesta por su parte en contra de la resolución que rechazó la concesión del plazo de dos días ya referido, la que fue rechazada por el tribunal, concediendo la apelación interpuesta en subsidio. Menciona que, acto seguido, el tribunal decretó el sobreseimiento definitivo de los imputados, ordenando su libertad inmediata, ante lo cual, el ente persecutor dedujo recurso de apelación verbal, el cual no fue concedido, bajo el entendido de que debía interponerse por escrito conforme a las reglas generales. Agrega que, con fecha 17 de marzo de 2026, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación por escrito, al que se resolvió mediante la resolución que por este acto se impugna; “A TODO: Estese a lo resuelto en audiencia del 13 de marzo pasado". Sostiene que la resolución impugnada constituye una denegación fáctica de un recurso de apelación legalmente procedente, de conformidad a los artículos 254 y 370 del Código Procesal Penal, impidiendo que el Tribunal de Alzada revise una resolución que pone término al procedimiento y que decantó en la libertad de dos imputados formalizados por tráfico ilícito de estupefacientes. Solicita tener por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 20 de marzo del presente año, acogerlo, someterlo a tramitación y, en definitiva, declarar que es admisible el recurso de apelación en contra de la resolución que decreto el sobreseimiento definitivo de los imputados. Segundo: Que, evacúa el informe la Magistrada doña María Alejandra Cruz Vial, quien expone que la resolución
Fallo
en virtud de lo razonado y considerando que la decisión final debe tutelar la legítima pretensión del recurrente al constatar el error de la resolución impugnada, esta Corte estima que el recurso de hecho debe ser acogido. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 254, 369, 370 y 371 del Código Procesal Penal, se acoge el recurso de hecho deducido por el Fiscal Adjunto don Ricardo Enrique Vergara Bravo y, en consecuencia, se declara admisible el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público con fecha 17 de marzo de 2026, en contra de la resolución dictada en audiencia de 13 de marzo de 2026 que decretó el sobreseimiento definitivo de los imputados Leandro Antonio Santander Becerra y Flavio Adrián Tamay Puli, el cual se concede en ambos efectos. Comuníquese lo resuelto al Tercer Juzgado de Garantía de Santiago a fin de que disponga lo pertinente para la oportuna remisión de los antecedentes a esta Corte, para el conocimiento y fallo del recurso de apelación respectivo. A folio 12: atendido los argumentos expuestos y advirtiendo esta Corte la necesariedad de conocer el Ingreso Corte Penal N°1331-2026 en conjunto con el recurso de apelación concedido mediante el presente recurso de hecho, a fin de evitar decisiones contradictorias, se acoge el recurso de reposición interpuesto en contra de la resolución de fecha 9 de abril de 2026, sólo en cuanto, se acoge la solicitud de vista conjunta de ambos recursos. N° Penal-1497-2026.
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C.A. de Santiago Santiago, catorce de abril de dos mil veintiséis. Vistos y considerando: Primero: Que, con fecha 23 de marzo de 2026, comparece don Ricardo Enrique Vergara Bravo, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local Santiago Poniente, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 20 de marzo de 2026, que denegó el recurso de apelación deducido en contra de la resolución q
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