VARAS/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES
Rol
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: Comparece Victoria Paz Vallejo Fabres, abogada, en favor de Carlos Leonardo Varas Contreras, interponiendo recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por haber efectuado descuentos por planilla sobre su remuneración estando pendiente un procedimiento ejecutivo de cobro de la misma deuda. Considera que dicha actuación es ilegal y arbitraria, atendido a que la recurrida, habiendo optado previamente por la vía judicial para el cobro de un crédito, retomó simultáneamente el cobro mediante descuentos directos sobre el salario del trabajador, sin información previa, ejerciendo, así, un doble procedimiento de cobro, vulnerando, con ello, el derecho de propiedad consagrado en el artículo 19, N.º 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Informa la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, al tenor de la acción cautelar interpuesta en su contra. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente funda su recurso señalando que el 13 de junio de 2023 suscribió el pagaré N.º 185CON101752048, en favor de la recurrida Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por la suma de $4.459.004, por concepto de capital, más los respectivos intereses, pagadero en 48 cuotas mensuales de $167.692, venciendo la primera de ellas el 31 de julio de 2019. Señala que, el contrato incluía una cláusula de aceleración (que permite exigir el total de la deuda ante mora) y la autorización para descontar las cuotas directamente de su remuneración. Refiere debido a complejidades de índole financiera, no pudo hacer frente al pago de las cuotas pactadas, constituyéndose en mora y actualmente adeuda $2.693.999. La Caja inició un juicio ejecutivo en su contra en 2021, en causa C-1773-2021 tramitada ante el 3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, caratulada “CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES/VARAS”, el cual quedó archivado tras una recaptación; sin embargo, volvió a caer en mora el 31 de octubre de 2022. Expone que, al revisar sus liquidaciones de sueldo correspondientes a los meses de abril de 2025 y hasta febrero de 2026, advirtió descuentos por planilla por la suma ascendentes a $139.707 en cada mes, efectuado por mi empleador, del cual este último fue ordenado de esta forma por la Caja de Compensación La Araucana, por intercaja. Señala que jamás fue informado previamente por canal alguno respecto de la decisión unilateral de la recurrida de ejecutar dichos descuentos, ocasionándome un menoscabo y una importante privación en su derecho de propiedad. Sostiene el recurrente que los descuentos realizados a su remuneración vulneran su derecho de propiedad garantizado en la Constitución (art. 19 N°24), ya que lo privan de parte de su sueldo de manera arbitraria e ilegal. Explica que el recurso de protección (art. 20) procede frente a actos arbitrarios o ilegales que afecten derechos fundamentales, como ocurre en este caso. Respecto a la normativa de las Cajas de Compensación (Ley N.° 18.833), reconoce que estas pueden otorgar créditos y descontar cuotas desde la remuneración (art. 22), pero afirma que ese derecho fue ejercido abusivamente, porque existe un doble cobro, por una parte el cobro judicial y otro mediante descuentos. Añade que La Caja, al iniciar acciones judiciales, habría renunciado a descontar por planilla. Los descuentos se realizaron sin aviso previo, lo que la jurisprudencia considera ilegal. Concluye que la conducta de la Caja es arbitraria, abusiva y vulnera sus derechos, constituyendo incluso abuso del derecho y enriquecimiento sin causa, cobro extrajudicial cuando ya optó por la vía jurisdiccional. Finalmente, solicita que se acoja el recurso y, en su mérito, se ordene a la recurrida cesar todo tipo de retención o descuento en su remuneración, que realizan mediante la Caja La Araucana, en virtud, que el empleador está afiliado a dicha Caja de Compensación. Asimis
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido por Carlos Leonardo Varas Contreras, en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, en cuanto la recurrida deberá abstenerse de practicar el cobro del crédito social N.º 185CON101752048, vía descuentos de remuneraciones, debiendo, asimismo, reembolsar los montos indebidamente descontados de las liquidaciones de remuneraciones del actor. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 569-2026 (Protección)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, catorce de abril de dos mil veintiséis. VISTOS: Comparece Victoria Paz Vallejo Fabres, abogada, en favor de Carlos Leonardo Varas Contreras, interponiendo recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por haber efectuado descuentos por planilla sobre su remuneración estando pendiente un procedimiento ejecutivo de cobro de la misma deuda.
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