MONDION/ JUZGADO DE GARANTIA DE LA UNIÓN
Rol
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: 1º) Comparece Angélica Loreto Mondión Rodríguez, abogada, defensora penal pública, en representación de Joaquín Gabriel Carrasco Muñoz y Amaro Andrés Hernández Montecinos, imputados adolescentes en causa RIT 1364-2025, RUC 2501296794-5, seguida ante el Juzgado de Garantía de Los Lagos, deduciendo falso recurso de hecho en contra de la resolución de 16 de marzo de 2026, que concedió un recurso de apelación interpuesto por la víctima en contra de la resolución de 10 de marzo pasado, que no se pronunció respecto de un incidente de nulidad procesal. Funda su solicitud en que dicho recurso de apelación debió ser denegado, atendido que la resolución impugnada no se encuentra en las hipótesis previstas en el artículo 370 del Código Procesal Penal y que la apelante no interpuso reposición en la audiencia respectiva 2º) El recurso de hecho es una acción de carácter extraordinario, que se realiza directamente ante el tribunal superior jerárquico, a fin de solicitarle que enmiende con arreglo a derecho la resolución errónea pronunciada por el tribunal inferior acerca del otorgamiento o denegación de una apelación. El recurso planteado en estos antecedentes corresponde a lo que en doctrina se denomina falso recurso de hecho, puesto que lo que se busca es que se deniegue un recurso de apelación erróneamente concedido. 3º) Examinada la causa respectiva, se aprecia que en esta se ha cerrado la investigación y, el 10 de marzo de 2026, tuvo lugar la audiencia para discutir la petición de sobreseimiento definitivo planteada por la defensa, fundada en que la acusación fiscal sería extemporánea. Por escrito de 6 de marzo de este año, la abogada de la víctima presentó promovió un incidente de nulidad procesal, fundada en que su parte no habría sido legalmente citada a la audiencia de cierre de la investigación, celebrada el 10 de febrero de 2026. El tribunal, en la referida audiencia, rechazó la solicitud de sobreseimiento y dejó pendiente la resolución del incidente de nul
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, SE ACOGE el falso recurso de hecho deducido por la defensa en contra de la resolución de 16 de marzo de 2026, dictada en la causa RIT 1364-2025, RUC 2501296794-5, del Juzgado de Garantía de Los Lagos, la que se deja sin efecto, declarando en su lugar que se deniega, por inadmisible, la apelación interpuesta por la abogada de la víctima en su escrito de 13 de marzo de 2026. Déjese copia de la presente resolución en el Rol de esta Corte Penal-308-2026. Comuníquese. Rol Penal-362-2026
Texto Completo (Preview)
Valdivia, catorce de abril de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Comparece Angélica Loreto Mondión Rodríguez, abogada, defensora penal pública, en representación de Joaquín Gabriel Carrasco Muñoz y Amaro Andrés Hernández Montecinos, imputados adolescentes en causa RIT 1364-2025, RUC 2501296794-5, seguida ante el Juzgado de Garantía de Los Lagos, deduciendo falso recurso de hecho en contra de la reso
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