BARRERA ARAYA JASMÍN Y OTROS/ARAYA ARAYA SANDRA Y OTRO
Rol
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Teniendo presente que la recurrente se desistió de la apelación respecto del rechazo de la excepción dilatoria, requiriendo sólo la revocación de la decisión en alzada, en cuanto le impuso la condena en costas, y teniendo presente, atendidos los argumentos que configuran su pretensión, la plausibilidad en la oposición de la excepción desestimada, y visto lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución de siete de enero de dos mil veinticinco, solo en cuanto impuso la condena en costas a la demandada y, en su lugar, se resuelve que se la exime de dicha carga por estimar que ha tenido motivo plausible para litigar. Devuélvase vía interconexión. Rol No.115-2025 Civil.
Fallo
se resuelve que se la exime de dicha carga por estimar que ha tenido motivo plausible para litigar. Devuélvase vía interconexión. Rol No.115-2025 Civil.
Texto Completo (Preview)
La Serena, catorce de abril de dos mil veintiséis. VISTO: Teniendo presente que la recurrente se desistió de la apelación respecto del rechazo de la excepción dilatoria, requiriendo sólo la revocación de la decisión en alzada, en cuanto le impuso la condena en costas, y teniendo presente, atendidos los argumentos que configuran su pretensión, la plausibilidad en la oposición de la excepción deses
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