2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ZÚÑIGA/I. MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL

Rol

Fecha

15 de abril de 2026

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Que, por sentencia dictada el quince de enero de dos mil veinticinco, en causa RIT O-1489-2024, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar, sin costas, demanda interpuesta por María Loreto Zúñiga Rivera en contra de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel. Contra dicho fallo recurrió la parte demandada fundado en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo y, en subsidio, invoca la causal de nulidad del artículo 477 del mismo cuerpo legal en su hipótesis de infracción de ley. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia fijada para dicho efecto, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Mauricio Ortega Berríos, abogado, por la parte demandante, e interpone recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior, alegando que, si bien en el

Fallo

fallo recurrió la parte demandada fundado en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo y, en subsidio, invoca la causal de nulidad del artículo 477 del mismo cuerpo legal en su hipótesis de infracción de ley. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia fijada para dicho efecto, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Mauricio Ortega Berríos, abogado, por la parte demandante, e interpone recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior, alegando que, si bien en el fallo se reconocen indicios de subordinación y dependencia, la sentenciadora decide que la prestación de servicios realizada por la demandante cumple los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley N° 18.883, no siendo procedente, en consecuencia, aplicar la normativa laboral. Destaca el recurso que la sentencia de primera instancia reconoce explícitamente en el proceso múltiples indicios de subordinación y dependencia, tales como una retribución periódica mensual, jornadas presenciales de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas, asistencia a reuniones de coordinación, cumplimiento de labores fuera de la especialidad, uso de dependencias del empleador y continuidad temporal del servicio. Advierte la parte recurrente

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de abril de dos mil veintiséis. Vistos: Que, por sentencia dictada el quince de enero de dos mil veinticinco, en causa RIT O-1489-2024, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar, sin costas, demanda interpuesta por María Loreto Zúñiga Rivera en contra de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel. Contra dicho fallo recurr

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