JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ CRISTIAN ALBERTO BERNALES SILVA

Rol

Fecha

14 de abril de 2026

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, constitutivos del delito de robo con violencia. Lo anterior se corrobora con el parte policial, y la sindicación y reconocimiento de la víctima, quien narró circunstanciadamente los hechos ocurridos y la vestimenta y características físicas del imputado y su copartícipe, lo que unido a la constatación de lesiones realizada a aquella permite tener por acreditados los presupuestos materiales. 3°) Que, en cuanto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta sólo se ve resguardada con la medida cautelar de prisión preventiva, teniendo en consideración la naturaleza del ilícito que se imputa, las circunstancias de comisión y lesividad, la pena asignada y eventual forma de cumplimiento, y el haber actuado en grupo o pandilla; lo que permite estimar que la libertad del imputado, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de la sociedad y los fines del procedimiento. Por estos fundamentos, y conforme lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución en alzada de fecha trece de abril del año en curso, dictada por don Miguel Ángel García Herrera, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva, y en su lugar se dispone aquella respecto del imputado CRISTIAN ALBERTO BERNALES SILVA. Notifíquese y devuélvase. Rol Penal 435-2026.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, catorce de abril de dos mil veintiséis.   Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes,

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