MINISTERIO PUBLICO C/ RAMON ABEDNEGO FLORES CASTRO
Rol
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que el Ministerio Público se alza en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Cabrero que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado RAMÓN ABEDNEGO FLORES CASTRO, quien fue formalizado el 11 de abril pasado, por el delito de tráfico de sustancias estupefacientes del artículo 3 de la Ley 20.000. Los hechos de la formalización dan cuenta que el día de su detención, fue sorprendido como pasajero al interior de un bus en el que viajaba, portando una maleta que en su interior contenía alrededor de 14 paquetes contenedores de cannabis sativa, con un peso total de 16 kilogramos, 224 gramos y 300 miligramos, además de $67.950 en dinero efectivo y dos teléfonos celulares. 2°) Que la defensa del imputado, sólo cuestionó el presupuesto de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, a juicio de esta Corte, concurren varios elementos comprendidos en dicha disposición legal que autorizan disponer la cautelar más gravosa que establece el procedimiento penal. En efecto, cabe considerar la gravedad de la pena asignada al delito y la cantidad de droga incautada; circunstancias que no se ven modificadas, por ahora, con la inexistencia de antecedentes penales y, especialmente, con las eventuales consecuencias procesales que tendrá el reconocimiento de los hechos de la imputación. En estas condiciones, ha de concluirse que libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, lo que justifica la prisión preventiva que solicita el Ministerio Publico.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de once de abril pasado, por el Juzgado de Garantía de Cabrero, que negó lugar a disponer la prisión preventiva del imputado RAMÓN ABEDNEGO FLORES CASTRO y, en su lugar, se decreta dicha medida cautelar. Devuélvase por la vía correspondiente. Rol N° 519-2026 Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, catorce de abril de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que el Ministerio Público se alza en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Cabrero que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado RAMÓN ABEDNEGO FLORES CASTRO, quien fue formalizado el 11 de abril pasado, por el delito de tráfico de sustancias estupefacientes
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