MP/TAPIA
Rol
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que el representante del Ministerio Público interpuso recurso de apelación en contra de la resolución de 11 de abril en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, en la cual no se dio lugar a decretar la prisión preventiva de la imputada Maribel Hilda Tapia Cofré, imponiendo en cambio la contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, en su modalidad de total. Funda su petición en el hecho que, si bien la inculpada tiene irreprochable conducta anterior, registra una causa pendiente por violencia intrafamiliar en la cual se decretaron medidas cautelares y, además,
Fundamentos
considerando que el delito que se le imputa tiene pena de crimen, lo que, en su opinión, permite concluir que la libertad de la encartada es un peligro para la seguridad de la sociedad. La referida imputada se encuentra formalizada como autora del delito de robo con fuerza de especies perpetrado en lugar habitado; 2°) Que el hecho de que se trata se encuentra acreditado fundamentalmente con el parte policial; la declaración de los funcionarios aprehensores que vieron a la imputada sustrayendo especies desde un refrigerador, portando un bolso en el que acopiaba los elementos sustraídos; la declaración de un vecino de la víctima quien vio entrar a la imputada y llamó a Carabineros, dichos del ofendido; acta de fuerza en las cosas, en especial en el portón de acceso a la vivienda del afectado, el que se encontraba fuera de su base o riel de corredera; 3°) Que, en cuanto a la declaración de la inculpada, en la cual refiere que el motivo para ingresar a la casa fue porque tendría una relación afectiva de pareja con el denunciante, cabe señalar que sin perjuicio que éste lo niega, al menos hasta ahora no hay antecedentes suficientes para establecer con certeza la verosimilitud de dicha versión, por lo cual se estima que en este estadio procesal concurren los presupuestos contemplados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; 4°) Que en lo relativo a la necesidad de cautela, debe tenerse en consideración la naturaleza y gravedad del delito de que se trata; la sanción legal probable, que podría ser pena de crimen; el bien jurídico protegido, y el hecho de registrar un proceso pendiente por violencia intrafamiliar en contra de la madre de la imputada (RIT 590-2026 del Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz), en el que se decretaron medidas cautelares de menor entidad. Atento a lo anterior, la prisión preventiva resulta ser, en este caso, la única medida cautelar necesaria, adecuada y proporcional para garantizar la seguridad de la sociedad.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 122, 140, 155 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de once de abril de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, que no dio lugar a decretar la prisión preventiva de la imputada Maribel Hilda Tapia Cofré, declarando en cambio que se le impone dicha medida cautelar. Acordada con el voto en contra de la ministra interina Margarita Sanhueza Núñez quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, compartiendo las aseveraciones jurídicas de la juez del grado en su resolución y dadas las circunstancias fácticas confusas de que se ha dado cuenta en esta audiencia, por lo que la cautelar impuesta resultaba proporcional a los hechos denunciados. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase al tribunal de origen. N° Penal-517-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CGA/rtp Concepción, catorce de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que el representante del Ministerio Público interpuso recurso de apelación en contra de la resolución de 11 de abril en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, en la cual no se dio lugar a decretar la prisión preventiva de la imputada Maribel Hilda Ta
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