MP C/ JOEL ELIUD IRIARTE BELTRAN
Rol
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Se ha deducido recurso de apelación en contra de la resolución que modificó la medida cautelar de arresto domiciliario total del imputado por la de prisión preventiva fundada en los incumplimientos reiterados del régimen cautelar anterior y que el mismo no resulta suficiente para la protección de la seguridad de la sociedad y de la víctima. 2°) En la presente causa, con fecha 13 de febrero de 2026 el imputado fue formalizado por el delito de violación de morada, lesiones menos graves y desacato en contexto de violencia intrafamiliar, decretándose a su respecto la medida cautelar de arresto domiciliario total en su domicilio ubicado en balneario Porto Fino, el que debía ser supervisado por Carabineros de Chile. 3°) El 6 de abril de presente se lleva a cabo audiencia de control de detención del imputado por vulneración flagrante del régimen cautelar impuesto en la presente causa. En tal oportunidad el Ministerio Público peticionó la intensificación de la medida cautelar a prisión preventiva por los incumplimientos reiterados del régimen cautelar por parte del encartado, en la medida que con fecha 13 de marzo ya registra un incumplimiento flagrante del mismo y a lo menos existen otras tres comunicaciones de Carabineros de Chile que dan cuenta que al momento de fiscalizar el domicilio del señor Iriarte Beltran este no acudió al llamado de la autoridad. Por su parte la defensa solicitó el rechazo de la intensificación fundado en razones de subsistencia de su representado toda vez que no cuenta con familia en la ciudad de Chañaral que le proporcione alimentos y en ambos días de detención por flagrancia el encartado procuraba abastecerse de los mismo, además presenta una situación desmejorada de salud. 4°) De acuerdo con los antecedentes expuestos en audiencia, el tribunal de primer grado estimó que la medida cautelar de arresto domiciliario total no resultaba ser suficiente al registrar el imputado incumplimientos reiterados. 5°) Esta Co
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 141, 149 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada por el Juzgado de Garantía de Chañaral en audiencia de seis de abril de dos mil veintiséis, que decretó la prisión preventiva, por intensificación, del imputado Joel Iriarte Beltran. Regístrese, devuélvase. Rol Penal N°248-2026
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Fecha: catorce de abril de dos mil veintiséis Sala: Primera Rol Corte: Penal-248-2026 Ruc N°: 2600223032-0 Rit N°: O-73-2026 Juzgado: Letras y Garantía de Chañaral. C.A. de Copiapó Integrantes: ministra señora Aída Osses Herrera, Fiscal Judicial señor Rodrigo Cid Mora y abogado integrante señor Mario Chassignolle Reyes Relatora: Miriam Pérez González Abogado Asesor M.P.: Jorge Gamboa Ríos Defensor
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