9º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

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Rol

Fecha

14 de abril de 2026

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo cuarto. Y se tiene, además presente: Que sin perjuicio que la demanda ejecutiva se afinca en un título que goza de presunción de veracidad, éste contiene todas las menciones a que se refiere el artículo 102 del Ley N°18.092, constando, además, que fue suscrito por Juan Patricio de la Fuente Viñuela por sí y en representación del deudor principal, además de María Pía de la Fuente Viñuela, ambas personas naturales en las calidades de avales, fiadores y codeudores solidarios, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la sentencia dictada el diecisiete de marzo de dos mil veintitrés, por el 9° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°5322-2023 Civil.

Texto Completo (Preview)

Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados don Daniel Morgado y doña Marcela Inzunza por y contra el recurso, por el tiempo de 15 minutos respectivamente. Santiago, 14 de abril de 2026. Florencia Sáez Bugmann, relatora. Santiago, catorce de abril de dos mil veintiséis. Al escrito folio N°37 y 38: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de

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