SUBSECRETARIA DE PREVENCION DE C/ YEISON ANDERSON VALENZUELA VASQUEZ
Rol
Fecha
15 de abril de 2026
Materia
FEMICIDIO NO INTIMO ART. 390 TER.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y conforme con lo dispuesto en el artículo 115 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que declaró inadmisible la querella. Se previene que la Ministra Srta. Eliana Quezada Muñoz, concurre al fallo, teniendo especialmente presente que los intereses de la víctima, conforme al artículo 108 del Código Procesal Penal, se encuentran debidamente cautelados a través de la querella interpuesta en su representación. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-871-2026. En Valparaíso, quince de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a quince de abril de dos mil veintiséis, siendo las 10:49 horas, ante la Quinta Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señorita Eliana Quezada Muñoz e integrada por la Ministra Interina señora Ingrid Alvial Figueroa y
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