SIN INFORMACION

JUAN JOSHUE MENDOZA ALVARADO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de abril de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 8 de abril del año en curso, a folio 1, comparece Pablo Andrés Contreras González, chileno, abogado, cédula nacional de identidad 16.730.743-4, con domicilio en calle 2 sur N°870 oficina 1019, Talca, en representación de Juan Joshue Mendoza Alvarado, de nacionalidad venezolana, trabajador dependiente, casado, con domicilio en Talca, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, RUT 62.000.920-2, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, cédula nacional de identidad N°12.627.882-9, o por quien haga de sus veces, ambos con domicilio en San Antonio 580, piso 3, Santiago, Región Metropolitana, por la dictación de la Resolución Exenta N°2600100144437, de 9 de marzo de 2026, que volvió a rechazar su solicitud de residencia definitiva y dispuso nuevamente su abandono del país, lo que se califica como ilegal y arbitrario y como incumplimiento del fallo pronunciado por la Corte de Apelaciones de Talca en la causa Rol N°1001-2025/Amparo, de 4 de diciembre de 2025. Se señala que con fecha 1 de diciembre de 2025 se había interpuesto un primer recurso de amparo en favor del mismo amparado, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debido al rechazo de su solicitud de residencia definitiva y a la orden de abandono del país contenidas en la Resolución Exenta N°2500100266415, de 17 de noviembre de 2025. Se indica que dicha resolución se fundaba principalmente en dos

Fundamentos

motivos: que el extranjero no habría acreditado actividad económica o sustento en el país y que no habría remitido copia de la sanción por residir con su permiso de residencia vencido. Se expone que, con fecha 4 de diciembre de 2025, la Corte de Apelaciones de Talca, en causa Rol N°1001-2025/Amparo, acogió el recurso de amparo, dejó sin efecto la Resolución Exenta N°2500100266415 y la orden de abandono del país, y ordenó al Servicio Nacional de Migraciones citar al amparado dentro de un plazo no superior a veinte días para informarle los documentos que debía acompañar y recibir los ofrecidos por éste, otorgándole un plazo razonable, no inferior a sesenta días, para presentar los documentos faltantes y luego resolver su situación migratoria conforme a derecho. El recurso reproduce, además, parte del contenido del

Fallo

fallo pronunciado por la Corte de Apelaciones de Talca en la causa Rol N°1001-2025/Amparo, de 4 de diciembre de 2025. Se señala que con fecha 1 de diciembre de 2025 se había interpuesto un primer recurso de amparo en favor del mismo amparado, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debido al rechazo de su solicitud de residencia definitiva y a la orden de abandono del país contenidas en la Resolución Exenta N°2500100266415, de 17 de noviembre de 2025. Se indica que dicha resolución se fundaba principalmente en dos motivos: que el extranjero no habría acreditado actividad económica o sustento en el país y que no habría remitido copia de la sanción por residir con su permiso de residencia vencido. Se expone que, con fecha 4 de diciembre de 2025, la Corte de Apelaciones de Talca, en causa Rol N°1001-2025/Amparo, acogió el recurso de amparo, dejó sin efecto la Resolución Exenta N°2500100266415 y la orden de abandono del país, y ordenó al Servicio Nacional de Migraciones citar al amparado dentro de un plazo no superior a veinte días para informarle los documentos que debía acompañar y recibir los ofrecidos por éste, otorgándole un plazo razonable, no inferior a sesenta días, para presentar los documentos faltantes y luego resolver su situación migratoria conforme a derecho. El recurso reproduce, además, parte del contenido del fallo anterior. Señala que, en el considerando quinto, la Corte estableció que el amparado había incorporado antecedentes con los que pretendía a

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Talca, catorce de abril de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 8 de abril del año en curso, a folio 1, comparece Pablo Andrés Contreras González, chileno, abogado, cédula nacional de identidad 16.730.743-4, con domicilio en calle 2 sur N°870 oficina 1019, Talca, en representación de Juan Joshue Mendoza Alvarado, de nacionalidad venezolana, trabajador dependiente, casad

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