JEAN LOUIS CESAR/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el 10 de abril de 2026, comparece Jean Louis Cesar, Run 26.404.473-1, domiciliado en calle Victoria 578 de Parral, quien viene en interponer recurso de amparo en contra de la resolución del Servicio Nacional de Migraciones, que rechaza su solicitud residencia definitiva y ordena su abandono del país, conforme al artículo 21 de la Constitución Política de la República y al Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema. Señala que el 6 de diciembre de 2024, solicitó residencia definitiva dentro del territorio nacional, meses después se respondió que se requerían documentos adicionales, otorgándole un plazo de 60 días. Se le requirió el certificado de antecedentes de su país de origen, pero debido a la situación socio política es difícil de conseguir. Meses después de enviar la información incompleta se le informó que había sido rechazada su petición y se disponía su abandono del país, el fundamento para rechazar es que no presentó su certificado de antecedentes de su país de origen. Pide, se otorgue la oportunidad de presentar los documentos faltantes. Segundo: Que a folio 4 de estos antecedentes, informa doña Mercedes Leigh Arbizu, abogada, mandataria judicial del Servicio Nacional de Migraciones, viene en informar en estos autos, solicitando desde ya el rechazo del recurso de amparo intentado en todas sus partes, puesto que de conformidad a lo que se expondrá, la acción interpuesta en contra de esta autoridad es improcedente. Que Jean Louis Cesar, ciudadano nacional de Haití, solicitó el 6 de diciembre de 2024, a través de la plataforma habilitada por el Servicio Nacional de Migraciones una solicitud de residencia definitiva, ID N°71985156. Habiéndose sometido al análisis correspondiente dicha solicitud de residencia definitiva, se le notificó al extranjero con fecha 27 de marzo de 2025 (solicita pago de derechos y antecedentes). Por lo anterior se indicó al extranjero que disponía de un plazo de 60 días hábiles, contados desde la presente notificación, para acompañar los documentos requeridos, debiendo acompañar, a través de la plataforma dispuesta para ello. Además, en dicha notificación se indicó a la recurrente que, de no acompañar los documentos ya indicados, esta autoridad podrá rechazar su solicitud. Es del caso, que el extranjero acompañó parte de la documentación y se sometió nuevamente al análisis correspondiente dicha solicitud de residencia definitiva, y nuevamente se le notificó al extranjero con fecha 16 de junio de 2025 (notificación previo rechazo). Por lo anterior se indicó al extranjero que disponía de un plazo de 10 días hábiles, contados desde la presente notificación, para realizar los descargos respecto de la causal invocada, debiendo acompañar todos los antecedentes que sustenten su situación. Además, en dicha notificación se indicó al recurrente que, de no realizar sus descargos en el plazo ya indicado, esta autoridad resolverá su situación migratoria con los antecedentes que consten en pode
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en Auto Acordado de la Excma. Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por Jean Louis Cesar, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en su lugar, se dispone: I. - Que se retrotrae el procedimiento administrativo al estado de que el Servicio Nacional de Migraciones, dentro del plazo de 10 días, deberá citar a don Jean Louis Cesar a su oficina regional y comunicarle personalmente los documentos que debe acompañar para dar continuidad a su solicitud, como así también el monto y la forma en que debe pagar los derechos requeridos. II. - Cumplida la citación, otorgará un nuevo plazo, no inferior a 60 días hábiles para que el extranjero pueda cumplir con el envío de la documentación. Comuníquese por la vía más expedita, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol Nº321-2026 Amparo klm
Texto Completo (Preview)
Talca, catorce de abril de dos mil veintiséis. Visto y considerando: Primero: Que, el 10 de abril de 2026, comparece Jean Louis Cesar, Run 26.404.473-1, domiciliado en calle Victoria 578 de Parral, quien viene en interponer recurso de amparo en contra de la resolución del Servicio Nacional de Migraciones, que rechaza su solicitud residencia definitiva y ordena su abandono del país, conforme al ar
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