RAMIREZ/ELIZALDE
Rol
Fecha
13 de abril de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: 1) Comparece SANDRA PATRICIA RAMIREZ CUARTAS, colombiana, quien deduce acción constitucional de protección en contra del MINISTERIO DEL INTERIOR y de la SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR, por la omisión Ilegal y arbitraria consistente en falta de pronunciamiento respecto del otorgamiento de la carta de nacionalidad, solicitada por la recurrente el 30 de noviembre de 2021 por vulnerar dicha omisión el principio de igualdad ante la ley. Explica que la actora ingresó al país en calidad de turista, obteniendo luego la residencia temporal por trabajo y finalmente obtiene el beneficio migratorio de permanencia definitiva, que se mantiene vigente hasta la actualidad. Señala que el 30 de noviembre de 2021 la actora ingresó solicitud de carta de nacionalización, sin embargo, hasta la fecha no ha recibido respuesta alguna, por medio del acto terminal correspondiente, pese a que el Servicio de Migraciones remitió el proyecto de decreto de carta de nacionalización con los informes de la solicitud al Ministerio del Interior. Solicita se acoja el recurso de protección en contra del del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y la Subsecretaria del Interior, y se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la petición pendiente dentro de un plazo de 30 días, con costas. 2) A folio 5 informa el MINISTERIO DEL INTERIOR, organismo que solicita el rechazo del recurso. Expresa que corresponde al Servicio Nacional de Migraciones tramitar las solicitudes de carta de nacionalización para su posterior resolución por parte de este Ministerio. Ello, en la práctica, implica que es dicho Servicio quien recibe tales solicitudes, a fin de revisar su admisibilidad, tramitarlas y ordenar su pago. Indica que los antecedentes de la solicitud de la actora fueron recibidos por el Ministerio el 14 de octubre de 2025, encontrándose actualmente el acto administrativo que la resuelve en tramitación, previo a la firma de la autoridad. Niega la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, ya q
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que SE RECHAZA, sin costas, la acción de protección deducida a folio 1 y siguientes. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección 295-2026
Texto Completo (Preview)
Valdivia, trece de abril de dos mil veintiséis. VISTO: 1) Comparece SANDRA PATRICIA RAMIREZ CUARTAS, colombiana, quien deduce acción constitucional de protección en contra del MINISTERIO DEL INTERIOR y de la SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR, por la omisión Ilegal y arbitraria consistente en falta de pronunciamiento respecto del otorgamiento de la carta de nacionalidad, solicitada por la recurrente el 3
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