PARDO/DESPEGAR CHILE.COM
Rol
Fecha
9 de abril de 2026
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los
Fundamentos
considerandos 8° y 10° a 21°. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, por sentencia definitiva de treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, pronunciada por el juez subrogante del Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, don Javier Ithurbisquy Laporte, se acogió la querella infraccional interpuesta en lo principal de fojas 1 por Claudio Eugenio Pardo Brito, en contra de Despegar.com Chile SpA., y se la condenó como reincidente, a pagar una multa de cien unidades tributarias mensuales, por ser autor de las infracciones previstas en los artículos 12, 23 y 43 de la Ley N° 19.496. El tribunal dispuso, además, que, si el condenado no pagare la multa impuesta dentro del plazo legal de cinco días, su representante legal sufrirá por vía de sustitución y apremio quince noches de reclusión, que se contarán desde su ingreso al establecimiento penal respectivo, sin otro apercibimiento. Asimismo, el referido
Fallo
fallo acogió la acción civil interpuesta en el primer otrosí de la presentación de fojas 1, solo en cuanto se condena a Despegar.com Chile SpA a pagar a Claudio Eugenio Pardo Brito una indemnización ascendente a $2.105.817 por concepto de daño emergente, y no se hizo lugar a lo demás demandado, sin costas, por no haber resultado enteramente vencida la demandada. Segundo: Que, a fojas 140, el abogado Mauricio Antonio Pardo Escudero, en representación del querellante y demandante civil, interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia precedentemente individualizada, solicitando que se condene a la demandada también a indemnizar el daño moral pedido por su parte. Expone en su libelo recursivo que “solicitó una indemnización por lucro emergente de 2.205.817, que en relación a la inflación a la fecha de la presentación de la demanda fue de 2.444.180, más intereses y costas, así como 1.500.000, por lucro cesante y 50.000.000 por daño moral”, y que, entre los documentos acompañados que indica, figura un informe de psicólogo que no fue analizado en el fallo; que desde el año 2006 está separado de su esposa, con quien ha vivido una relación tormentosa, que lo alejó de sus hijos, especialmente del menor Claudio Benjamín Pardo Aguilar, de actuales 20 años, quien “presenta un cuadro depresivo con crisis de angustia y ansiedad, además de una falta de sueño por la cancelación del viaje, del mismo modo la salud del demandante se ha visto disminuida, como se demostró con la docume
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Santiago, nueve de abril de dos mil veintiséis Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los considerandos 8° y 10° a 21°. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, por sentencia definitiva de treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, pronunciada por el juez subrogante del Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, don Javier Ithurbisquy Laporte, s
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